El juzgado contencioso-administrativo número 1 de Oviedo ha reconocido las alegaciones de un conductor avilesino a una multa impuesta por el radar municipal de Corvera a la altura de La Marzaniella (Trasona). El conductor ha conseguido que el juez admita que la sanción que se le había impuesto por exceso de velocidad, 300 euros y la detracción de dos puntos, era superior a la que en realidad se le puede imponer, ya que no se le había aplicado el margen de error de estos aparatos.

Según el expediente sancionador del Ayuntamiento, el conductor circulaba a 72 kilómetros por hora en una zona de 50. "Hablé con los agentes cuando recibí la multa, presenté las alegaciones en plazo explicando que el margen de error mínimo es de 3 kilómetros por hora y no se había aplicado, pero no reconocieron el defecto de forma, así que decidí ir al contencioso-administrativo", señaló el chófer sancionado.

Ahora el juez le da la razón, establece el margen de error de ese aparato en concreto en 4 kilómetros horas y explica que el baremo de multa baja, por tanto, un escalón. "Por la aplicación del margen de error la velocidad real a la que circulase el vehículo fue de entre 68 kilómetros por hora y 76, ello significa que no puede afirmarse con total seguridad que superarse la velocidad de 71 kilómetros hora", señala el fallo del juez.

De ahí que la multa se haya reducido al tramo de 51 a 70 kilómetros por hora, que supone una multa de 100 euros, pero además el juez impone las costas del juicio al Ayuntamiento "hasta un límite de 120 euros". "Con la ley en la mano ellos no podían imponerme esa sanción y lo que he buscado es que se haga justicia. Lo normal es que calles, te quedes con la multa y te acojas al pronto pago para no meterte en líos, pero yo no me quería callar porque estaba mal hecho", defiende el conductor avilesino.