Libertad con cargos previo pago de 3.000 euros de fianza para el argentino investigado por violar presuntamente a la hija de su novia, menor de edad, en el piso que compartía con ellas en El Quirinal. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dado la razón al abogado defensor, Ignacio Hernando, que reclamó la liberación de su cliente, el hostelero J. F. C. F., por su arraigo personal y familiar en España y porque, a su juicio, no hay nada objetivo que lo incrimine. La Fiscalía se adhirió a la solicitud de la defensa.

El caso se remonta a la madrugada del pasado 9 de julio. La adolescente denunció haber sido violada en su dormitorio, en el barrio del Quirinal, por el hombre que convive con su madre, y el acusado negó la agresión y aseguró que, en el momento de la presunta agresión, la madre de la menor se hallaba en casa, de sesenta metros cuadrados.

J. F. C. F. ingresó en la prisión de Villabona el 12 de julio, tras declarar ante el magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción húmero 6 durante varias horas. El magistrado ordenó prisión provisional y sin fianza para el detenido.

El letrado Ignacio Hernando solicitó posteriormente la puesta en libertad de su cliente, denegada en primera instancia "ante el riesgo de fuga" por su "situación irregular en España, al tener caducados el permiso de residencia y trabajo desde octubre de 2015 y habiéndose incoado por ello un procedimiento administrativo de expulsión del territorio nacional por vía preferente".

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha estimado ahora el recurso de la defensa, que aportó una serie de documentos para justificar el arraigo de J. F. C. F., como su "empadronamiento desde agosto de 2008 e incluso la solicitud en 2015 de adquisición de nacionalidad española por residencia". El auto judicial destaca que "el investigado carece de antecedentes penales y está acreditada la situación de arraigo en España", lo que reduce el riesgo de fuga. El tribunal acuerda la libertad con cargos del hombre y sustituye la prisión por las siguientes medidas: prestación de una fianza, en metálico o aval bancario, por importe de 3.000 euros; entrega inmediata del pasaporte y prohibición de abandonar el territorio español, obligación de comparecer ante el juzgado de guardia de Avilés los días 1 y 15 de cada mes y prohibición de acercarse al domicilio de la supuesta víctima y de cualquier lugar donde se encuentra a una distancia de 250 metros así como de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento mientras dure la tramitación de la causa. La resolución es firme.