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Una firma de móviles, condenada a pagar 18.000 euros por acosar a los padres de una sierense muerta para cobrar 70 euros

Un juez sierense condena a la empresa a indemnizar con 18.000 euros a la familia por intromisión en el honor

Cecilia Díaz. F.T.

La pérdida de un hijo, se dice, es la mayor tragedia que tiene que soportar un padre. Una familia sierense perdió, tres años atrás, a su hija, una joven con toda una vida por vivir. Pero si esa pérdida no fuese suficientemente dura de por sí, los padres de la joven tuvieron que soportar, durante más de un año, el acoso de la compañía telefónica Vodafone, que les reclamaba una supuesta deuda de 70 euros que había dejado la fallecida. Una práctica que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Pola de Siero ha censurado a la compañía telefónica, a la que ha condenado por intromisión ilegítima en el honor, condenándola a indemnizar a esta familia sierense con 18.000 euros.

La joven falleció a finales de 2012. En enero de 2013, su padre, que prefiere que se omitan los datos personales, comunicó a la compañía telefónica el óbito, remitiéndoles incluso una copia del certificado de defunción, con el objeto de dar de baja la línea telefónica que tenía su hija con ellos.

Sin facturas

Los problemas llegaron cuando, unos meses después, la compañía telefónica comenzó a llamar, de manera insistente, al domicilio de los padres de su clienta fallecida para reclamarles una supuesta deuda de 70 euros. Una reclamación que, además, la compañía telefónica realizaba de manera poco clara, ya que en ningún momento le remitió factura alguna que contemplase esa supuesta deuda.

Con el paso de las semanas, el acoso se fue agravando. Hasta tres abogados distintos llamaron a los sierenses, en nombre de Vodafone, para advertirles de que debían de pagar esa deuda. Pero además, a los sierenses les aguardaba otra sorpresa desagradable: en el mes de marzo de 2014, cuando el padre de la fallecida fue a contratar un servicio con otra operadora, descubrió que Vodafone le había incluido en un registro de morosos.

En concreto, el nombre del sierense figuraba en el Badexcug-Experian Bureau de Crédito, con quienes él mismo se puso en contacto en abril. Tras informarles del caso fue eliminado del fichero.

La compañía cambió entonces de táctica y comenzó a reclamarle a él la deuda, alegando que padre e hija compartían una tercera línea inexistente. El sierense fue de nuevo inscrito en el fichero de morosos. Los afectados llegaron entonces a plantearse abonar esa supuesta deuda, pero primero decidieron pedir consejo legal a su abogada, Cecilia Díaz Fernández, con despacho en Posada de Llanera y Llanes.

La batalla judicial ha durado varios meses, pero finalmente la sentencia es demoledora. "La negligente conducta de la demandada, rayana en el dolo por cuanto ya desde enero de 2013 supo del fallecimiento de la persona a la que se dirigían las incesantes reclamaciones", afirma la magistrada, Mónica Casado, en su fallo, "sin duda prolongó y agudizó de forma gratuita el dolor y padecimiento que el actor sufría ya por el fallecimiento de su hija, qué no decir las respuestas telefónicas cuando por ella se preguntaba y el envío reiterado de faxes a la postre todos infructuosos solicitando la rectificación oportuna o, al menos, más información sobre el origen de la supuesta deuda".

En virtud de la gravedad del comportamiento de la compañía, la magistrada decretó una indemnización de una cuantía, 18.000 euros, inaudita para este tipo de procesos, en los que las indemnizaciones no suelen llegar ni al tercio de esa cantidad.

Vodafone tiene aún unos días para recurrir, aunque esta sentencia supone ya un alivio para la familia. La abogada que ha defendido a la familia sierense, Cecilia Díaz Fernández, alerta además contra los abusos de las empresas y precisa que incluir a una persona, de forma indebida, en un fichero de morosos ya supone, de por sí, una vulneración en su honor resarcible económicamente.

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