El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) finiquita el fondo social de más de 300 funcionarios de Siero. En una sentencia dictada por los magistrados Luis Querol Carceller, Antonio Robledo Peña y Olga González-Lamuño Romay, de la sala de lo Contencioso-Administrativo, el TSJA considera que ese Fondo Social, implantado en Siero en el convenio colectivo de 2003, tiene un carácter de retribución, toda vez que se sustancia en percepciones económicas de carácter trimestral, y por lo tanto no está amparado por la ley.

El fondo social se estableció en un 3,5% de la masa salarial del año 2003, revisándose de manera anual al alza, con un incremento fijo de un 1%. Los años objeto de recurso son los comprendidos entre 2012 y 2014, en los que el abono del fondo social se paralizó por unos informes municipales que alertaban de una posible ilegalidad. En esos años, la cuantía global del fondo social, que los funcionarios cobraban de manera trimestral, se estima que suponía un gasto anual de unos 200.000 euros, por lo que la sentencia evita que el consistorio tenga que abonar 600.000 euros a los funcionarios.

El fondo social fue paralizado en 2012 por el anterior gobierno local, encabezado por Foro Asturias, a instancias de unos informes jurídicos que reclamaban prudencia a los dirigentes políticos. El detonante de los informes fue la sentencia condenatoria contra los exalcaldes Juan José Corrales y José Aurelio Álvarez, por firmar los pagos por encima de los límites legales percibidos por los empleados municipales durante los años 1999 y 2001. Unas cantidades que, además, tuvieron que ser repuestas a las arcas municipales, detrayéndose en su mayor parte de las nóminas de los propios funcionarios.

Posteriormente, Foro decidió la definitiva supresión del fondo social y su sustitución por unos complementos de productividad por un valor análogo. Mas los sindicatos USO y FSP-UGT acudieron a los tribunales, donde se han enfrentado con el propio Ayuntamiento de Siero en sucesivos pleitos.

La última sentencia es consecuencia de una reclamación de ambos sindicatos para que se liquidase y distribuyese el Fondo Social de los años 2012, 2013 y 2014. Al ser desestimada esa petición, los sindicatos presentaron un recurso Contencioso-Administrativo contra el Ayuntamiento. El proceso se trató en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo, que en una sentencia dictada el 21 de mayo de 2015 desestimaba la petición de los sindicatos.

USO y FSP-UGT recurrieron entonces el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ante el TSJA, que ha confirmado aquella sentencia, y hace además imposición expresa de costas a los dos sindicatos. Contra esta sentencia no cabe interponer recurso ordinario.