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Una mierense recurre al Gobierno para poder darse de baja del móvil

La compañía reclamaba a la clienta 300 euros por un acuerdo verbal de permanencia sin presentar la grabación

El abogado Alexis Neira. SILVEIRA

Una vecina de Mieres ha tenido que recurrir a la secretaría de Estado de Telecomunicaciones para poder darse de baja en Telecable sin tener que abonar una penalización de 300 euros pese a que no tenía ningún contrato de permanencia con la empresa, según sostiene. La compañía le reclamó el citado dinero alegando que existía un acuerdo verbal para prorrogar el servicio de telefonía e internet pactado a través de una llamada telefónica: "Pese a mi insistencia nunca quisieron facilitarme la grabación, por lo que decidí recurrir a un abogado ante lo que consideraba un atropello", explicó M. F. L, de 32 años. El abogado Alexis Neira, que ha llevado el caso, hace por su parte un llamamiento a todos aquellos usuarios de telefonía que se puedan encontrar en una situación similar: "Muchas personas desconocen que la administración ofrece mecanismos gratuitos para defenderse de este tipo de abusos".

El desencuentro entre cliente y compañía arrancó cuando, el pasado mes de abril, la primera inició los trámites para cambiar de operador. Durante el procedimiento de baja, cumplió con el requerimiento de la firma para la entrega del router y de un teléfono inalámbrico. No hubo ningún problema con los primeros trámites.

"A los pocos días comprobé que me habían pasado un recargo de 300 euros a través de cuenta bancaria y no entendía a que concepto respondía", señala M. F. L.. Telecable le comunicó que se trataba de una penalización ya que, según la versión sostenida desde la empresa de telefonía, seguía existiendo un compromiso de permanencia, por renovación de oferta a través de una grabación telefónica.

"Solicitamos la citada grabación, pero la empresa se negó a facilitarla, por lo que no quedó más remedio que tramitar una reclamación a través de la secretaría de Estado de Telecomunicaciones", apunta Alexis Neria. Y añade: "Según el artículo 60 la Ley General de Defensa de los Consumidores y usuarios, el empresario deberá facilitar de forma clara y comprensible la información relevante, veraz y suficiente sobre las características principales del contrato, hecho que no aconteció en este caso.

Tras la mediación de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, Telecable mantuvo que el 15 de diciembre de 2015 "el usuario, desde el departamento de telemarketing aceptó una oferta de descuento con el compromiso de mantener activos los servicios durante 18 meses", pero nuevamente rechazó presentar la grabación. Finalmente, por "cortesía con el cliente" procedió al reintegro e la facturación cobrada.

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