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Un procedimiento tributario en entredicho

Los jueces tumban en Valencia un sistema de tasar los pisos como el del Principado

Una sentencia fuerza a la Generalitat a cambiar una fórmula que a menudo eleva la factura fiscal de los compradores de viviendas y de los herederos

La Generalitat valenciana se ha visto obligada a modificar el sistema que utiliza para comprobar los valores de bienes inmuebles a efectos fiscales, a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad. Esta resolución tumba un procedimiento muy polémico que es análogo al que utiliza la Hacienda regional asturiana y que tiene impacto en lo que pagan los ciudadanos por el impuesto de transmisiones patrimoniales al comprar un piso usado o por el de sucesiones al heredar.

Al igual que el Principado, la Administración valenciana fiscaliza las declaraciones de esos impuestos que hacen los contribuyentes utilizando un sistema de coeficientes que se aplican sobre el valor catastral y que varían según los concejos, de acuerdo con una fórmula que también tiene en cuenta datos sobre la evolución del mercado inmobiliario. Este mecanismo da lugar en ocasiones a que se obligue al contribuyente a tributar por una base imponible superior al precio que abonó por la vivienda o en su caso al valor de mercado de la casa que hereda.

Un caso práctico: alguien compra un piso en Oviedo por 100.000 euros, de modo que en principio tributaría 8.000 euros (8%); para comprobar que se trata del "valor real", el Fisco autonómico utiliza como base la valoración catastral (80.000 euros, n este caso) y la multiplica por el correspondiente coeficiente municipal (1,56% en Oviedo); como el resultado (124.800 euros) supera el declarado por el contribuyente, la Administración tramitará una declaración complementaria para reclamar el tributo correspondiente a la diferencia (1.984 euros, el 8% de 24.800 euros).

La caída de los precios por la crisis ha hecho que ese tipo de situaciones en las que el valor sobre el que se tributa supera el real abundaran tanto en las liquidaciones del impuesto de transmisiones como el de sucesiones. Y ello condujo también a una elevada litigiosidad que ha tenido desenlaces distintos según las regiones.

Mientras en Asturias el sistema de coeficientes no suscitó sentencias en contra conocidas, si lo ha hecho en otras comunidades, particularmente en la valenciana. El Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV), que ya había anulado otro sistema anterior, tumbó en una sentencia fechada en octubre del pasado año el procedimiento de comprobación de valores que se aplica desde 2013, igual al asturiano, al considerar que "persiste en los errores y vicios" señalados en su jurisprudencia. Según este criterio, "la comprobación de valores (...) debe ser específica e individualizada", algo que no se respeta con la fórmula de los coeficientes, que son los mismos para las distintas zonas o barrios de cada municipio y no tienen en cuenta el estado de conservación de la vivienda.

La sentencia, que ha movido al Consell valenciano a reformar por segunda vez en tres años el procedimiento de valoración de inmuebles, no tiene efectos jurídicos automáticos en otras regiones, aunque podrá ser invocada como precedente en los pleitos de toda España.

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