A la hora de cumplir con la declaración de la Renta, la Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes la posibilidad de acordar cita de dos formas diferentes: en las oficinas de Hacienda o las entidades colaboradoras o de manera telefónica. En este último caso, se realiza a través del plan 'Le llamamos'.

Cita previa de la Renta con el plan 'Le llamamos' para hacer la declaración telefónica

El plazo para solicitar cita previa en el Plan 'Le Llamamos', por el que la AEAT llama al contribuyente previa solicitud, se aplaza y se podrá efectuar desde el 5 de mayo al 29 de junio, por Internet, por la 'app', o por teléfono automático (901 12 12 24 o 91 535 73 26), en el que también se podrán anular las citas de campaña de Renta, así como por teléfono con atención personal (901 22 33 44 o 91 553 00 71).

Cita previa de la Renta para hacer la declaración en las oficinas de Hacienda

Igualmente, desde el 5 de mayo existirá la posibilidad de solicitar cita previa para la confección de declaraciones de Renta de forma presencial en las oficinas de la AEAT y otras entidades colaboradoras, hasta el 29 de junio.

El inicio de la atención presencial, con cita previa, en oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras, como comunidades autónomas, ayuntamientos o registros se ha fijado en el 13 de mayo.

Requisitos para hacer la declaración de forma presencial

Quienes quieran hacer la declaración de forma presencial deben cumplir algunos requisitos:

-Rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros.

-Rendimientos del capital inferiores a 15.000 euros.

-Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 1 bien inmueble con 1 contrato de alquiler.

-Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (IIC, fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de vivienda habitual con exención total.

-Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones).

-Resto de ganancias y pérdidas patrimoniales (transmisión de inmuebles incluida la vivienda habitual con exención parcial por reinversión, acciones u otros bienes...) con el límite conjunto de 2 operaciones.

Requisitos para hacer la declaración de forma telefónica

No existen requisitos de renta en el caso de la declaración telefónica, pero no pueden hacerla mediante este método los contribuyentes con ingresos de capital inmobiliario, como alquileres.

Los autónomos tampoco pueden utilizar este servicio. De la misma manera, no es operativo si se van a aplicar deducciones por doble imposición internacional, regularización de cláusulas suelo o compensación de pérdidas patrimoniales de años anteriores.

Además, habrá que tener en cuenta algunas cuestiones

Fechas clave de la Renta 2019

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2019 comienza el día 1 de abril para la presentación por internet y por teléfono, y se prolongará hasta el día 30 de juno, según el calendario del contribuyente elaborado por la Agencia Tributaria.

Los que opten por la presentación presencial podran hacerlo a partir del 13 de mayo en entidades colaboradoras, comunidades autónomas y oficinas de la AEAT.

En los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta la campaña concluirá con anterioridad, el 25 de junio. No obstante, si se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la misma podrá realizarse hasta el 30 de junio.