El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha ratificado la sentencia del juzgado de lo social número 3 de Gijón que condena a la Autoridad Portuaria a indemnizar con 326.201,05 euros a José Luis Díaz Rato por su cese como director de El Musel el 20 de octubre de 2011, más el abono de otros 10.308,29 euros en concepto de salario por la falta del preaviso pactado para el cese. El TSJA sólo admite una de las alegaciones del recurso presentado por la Autoridad Portuaria, rebajando el pago de una parte de los intereses de esas cantidades.

Los magistrados se basan en gran medida en una sentencia previa, también por el cese del predecesor de Díaz Rato, José Juan Dalac, para dar validez al contrato de alta dirección conforme al que ahora habrá de indemnizar a Díaz Rato. Se da la circunstancia de que ambos ex directores estuvieron representados en sus pleitos por el mismo abogado, Viliulfo Díaz.

La sentencia rechaza las alegaciones de la Autoridad Portuaria para no indemnizar a Díaz Rato basadas en que la ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, del 6 de julio de 2012, elimina el derecho a indemnización por cese de los directivos de entes públicos que sean funcionarios de carrera. Replica que el cese de Díaz Rato sucedió ocho meses y medio antes, cuando el consejo de administración de El Musel estaba controlado por Foro Asturias.

La sentencia también rechaza una reducción drástica de la indemnización por un acuerdo del Consejo de Ministros de diciembre de 1993 que ponía tope a las indemnizaciones por cese a directivos del sector público. Responde que el incumplimiento de esa norma no puede perjudicar a terceros, en este caso el trabajador. Otra cosa es que se pueda pedir responsabilidades a quienes incumplieron la norma, viene a decir el tribunal, recogiendo sentencias en ese sentido del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El contrato blindado a Díaz Rato fue suscrito por la Autoridad Portuaria en febrero de 2000 bajo la presidencia del socialista Miguel Ángel Pesquera.