El juez titular del juzgado de primera instancia número 5 de Gijón acaba de condenar al Hospital de Jove a pagar 142.000 euros de indemnización a los familiares de un paciente que falleció después de ser sedado en este centro médico. El magistrado argumenta que el enfermo permaneció durante diez minutos en parada cardiaca dentro del quirófano y que durante ese tiempo nadie le practicó la intervención urgente que necesitaba.

Los hechos que ahora se acaban de clarificar tuvieron lugar el 11 de abril de 2012, tal y como se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. Poco antes del fallecimiento el paciente iba a ser operado de una hernia umbilical. El juez argumenta que "en el curso de la anestesia intradural" que se le practicó al hombre en el quirófano, el gijonés "presentó dificultad para la ventilación, permaneciendo hasta 15 minutos en parada respiratoria y 10 en parada cardiaca al no lograr los médicos intubarle ni realizarle la necesaria traqueotomía". El magistrado que ha redactado la sentencia hace hincapié en su fallo en que, según la documental aportada por la parte demandante, el manejo de la situación "fue incorrecto" ya que "los intentos fallidos de aislamiento de la vía aérea y la ventilación ineficaz indicaban la necesidad de practicar una cricotiroidotomía urgente".

El tribunal da más valor en este caso al informe presentado por el perito nombrado por la familia del fallecido que a los testimonios de los testigos, quedando éstos en parte invalidados porque, recalca el juez, "se trata de trabajadores del propio hospital". El magistrado argumenta que en este caso "debió de existir un protocolo claro de actuación al cual atenerse sin duda alguna".

En esta misma línea y de acuerdo con la sentencia el abogado Julio César Galán Cortés -experto en derecho médico-, recalcaba ayer que "no se agotó la diligencia debida en este caso" ya que, según su criterio, "deberían haberle realizado una traqueotomía urgente".

Así las cosas el juez gijonés encargado del caso concede una indemnización a cada uno de los familiares del fallecido: 50.000 euros a su hija, 92.750 euros a su hijo (que recibe más cantidad por ser menor de edad) y 9.200 euros a la madre del difunto. La sentencia aún no es firme ya que aún cabe interponer recurso contra esta sentencia del juzgado de primera instancia número 5 de Gijón en la sección séptima de la Audiencia Provincial de Asturias.

El fallo judicial

Los hechos

El juzgado de primera instancia número 5 de Gijón obliga al hospital de Jove a pagar una indemnización a los familiares de un paciente fallecido tras una sedación.

Negligencia

El magistrado argumenta que el paciente permaneció 15 minutos en parada respiratoria y 10 en parada cardiaca sin que los médicos aplicaran el protocolo necesario para este paciente.

Indemnización

El centro medico gijonés debe abonar ahora 50.000 euros a la hija del fallecido, 92.750 al hijo del difunto (que aún es menor de edad) y 9.200 euros a la madre.

Recurso

Las partes aún pueden interponer recurso ante la Audiencia Provincial.