Una sentencia del Tribunal Supremo ha estimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por una plataforma vecinal y otras entidades gallegas, y anula la resolución que otorgó a Reganosa la autorización administrativa previa para la instalación de su planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en Mugardos, en la ría de Ferrol. La planta ferrolana ha corrido así la misma suerte que la de El Musel, también ilegalizada en dos recientes sentencias que señalan que incumplió el derogado Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (Raminp). En el caso de la planta gallega, la misma se levantó incumpliendo la normativa urbanística vigente entonces tras haber sido anulado judicialmente el PGO.

Tanto en el caso de El Musel, como en el de El Ferrol, la normativa aplicable se modificó posteriormente, derogando el Raminp en Asturias y corrigiendo el PGO en la localidad gallega.

La nueva sentencia del Supremo anula la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio de Industria, que en 2002 concedió la autorización a Reganosa para construir la regasificadora ferrolana, cuando en el PGO no se incluyó hasta 2003, informa Europa Press.

La nueva sentencia del Supremo, votada el 15 de marzo y fechada el pasado 28, revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2013 que había fallado en contra de la plataforma vecinal.

El Supremo desestimó los argumentos de la plataforma, los relativos a las condiciones técnicas y de seguridad de la planta y al impacto ambiental, pero aceptó la alegación presentada en base al emplazamiento de la regasificadora gallega, referido a la adaptación de una parte de la superficie en donde se sitúan las instalaciones, que era suelo industrial pero no apto para hidrocarburos.

Reganosa sostiene que la sentencia responde a "una cuestión formal y no de fondo", y ha subrayado que trabaja "ya" en resolverla. En un comunicado, la compañía resalta, además, que el Alto Tribunal "reconoce que Reganosa ha procedido correctamente en seguridad y medio ambiente", que eran los otros dos motivos, además del urbanístico, que esgrimía la plataforma de vecinos que interpuso un recurso contra la resolución que otorgó la mencionada autorización. "La anomalía detectada no solo es subsanable, sino que el propio tribunal apunta a que en la futura regularización habrán de ser tenidos en cuenta los trámites urbanísticos ya realizados para subsanarla", valora la compañía.