La repetición del juicio del supuesto fraude de subvenciones en Mina La Camocha comenzó ayer del mismo modo que el anterior proceso, celebrado hace tres años y que fue anulado por la Audiencia Provincial. No se entró en el meollo del asunto, sino que se produjo un debate jurídico sobre los plazos en los que se instruyó el caso y otras cuestiones formales, con las que las defensas de los acusados intentan tumbar la causa. Si ha prescrito o no el delito y si las pruebas se han obtenido con garantías constitucionales fueron los principales asuntos que se expusieron.

Antes de seguir adelante con la vista oral, el magistrado Luis Ortiz Vigil se pronunciará al respecto. La vista se reanudará el próximo 29 de mayo, en el caso de que considere que no hay prescripción, como defienden la Fiscalía y el Abogado del Estado. De ser así, el juez también se tendrá que pronunciar sobre la petición de anulación de pruebas obtenidas en los registros de las sedes de Mina La Camocha en 2001 y sobre si admite la incorporación de otras pruebas solicitadas ahora por las partes.

En el banquillo se sientan como acusados el presidente de Mina La Camocha, Manuel Martín Martín; su responsable de contabilidad, Margarita García; el administrador único de Hullas del Coto Quirós, Ángel Manuel García Brugos y el apoderado de esta empresa y Trabajos y Explotaciones, Guillermo Alfredo Honrubia Álvarez. Mina La Camocha también figura como responsable civil.

El supuesto fraude que ahora se enjuicia se remonta a los años 1998 a 2001, en los que la mina gijonesa, utilizando las empresas interpuestas Hullas del Coto Quirós y Trabajos y Explotaciones, supuestamente adquirió unas 98.000 toneladas de carbón, extranjero y de cielo abierto, para mezclarlo con el propio y revenderlo a la térmica de Aboño. Extraer una tonelada de hulla en la mina gijonesa costaba entonces 27.000 pesetas. Importarla costaba 5.000. El supuesto fraude está cifrado en 17,09 millones de euros y después de que se destapara, el Ministerio de Industria recortó en 2002 las ayudas a La Camocha por no dar la producción prevista. La mina cerró en 2007.

En la sesión de ayer, las defensas plantearon la prescripción del delito argumentando, fundamentalmente, que a los acusados se les tomó declaración judicial en 2009, cuando el delito prescribía a los cinco años y que la investigación se inició por un supuesto falseamiento de las condiciones para cobrar las subvenciones y que a partir de 2004 se pasó a investigar un supuesto fraude en el uso de las subvenciones.

Esos planteamientos fueron contestados tanto por el fiscal como por el abogado del Estado. El fiscal explicó que los hechos que se han investigado son los mismos desde que la Fiscalía Anticorrupción los denunció en abril de 2001 y que la prescripción depende de los hechos que se investigan, no de su calificación jurídica, que puede cambiar a lo largo del procedimiento.

El fiscal relató una decena de resoluciones judiciales dirigidas contra responsables de las empresas investigadas, varios de los cuales son los que ahora se sientan en el banquillo, que a su juicio interrumpían la prescripción. También recordó que la Audiencia Provincial se ha pronunciado tres veces sobre el caso, sin que en ninguna de ellas apreciara que había prescrito: En 2004 y 2007 al revocar sendos autos de sobreseimiento del juzgado de instrucción, y en 2016, cuando anuló el juicio de 2014 al considerar que la magistrada del mismo no había sido imparcial, por excederse en sus interrogatorios.

Las referencias a la anulación del anterior juicio fueron esgrimidas ante el juez con reiteración por parte de las defensas de algunos de los acusados al argumentar sobre la admisión y valoración de las pruebas, mientras el fiscal puntualizó que algunas de las pruebas solicitadas ahora no lo fueron durante la instrucción.

Los letrados defensores se esforzaron en plantear la anulación de las pruebas de cargo, lo que desarmaría a la acusación. Entre otras cosas, cuestionaron la custodia de los documentos obtenidos en el registro de la mina y el volcado de los datos contables de sus ordenadores, así como los informes a los que dieron lugar, planteamientos también replicados por las acusaciones.

Las defensas también alegaron supuesta indefensión de los acusados, de cara a posteriores recursos, así como la tardanza en llegar a juicio como atenuante. Ni una cosa ni otra fueron asumidas por las acusaciones. Respecto a las dilaciones, el fiscal recalcó que los doce años de instrucción de la causa estuvieron trufados de constantes recursos de las defensas y que en los pocos meses en los que uno de los cuatro jueces que la tramitó dejó la instrucción estancada fue el fiscal y no las defensas quien urgió a reactivarla.

En el tiempo transcurrido hasta este juicio fallecieron dos imputados: el propietario de la mina, Fernando Luis García Brugos durante la instrucción y el mes pasado el director de servicios de la mina, Víctor Zapico, acusado en el juicio de 2014.