El Juzgado de lo penal número 2 de Gijón ha absuelto a un joven de 27 años acusado de un delito contra la salud pública al que la policía requisó 965 gramos de marihuana, que tenía en una finca de su propiedad, en la parroquia de Deva, al entender el magistrado que el registro realizado se hizo sin una orden judicial que permitiese el acceso al recinto pese a haber dispuesto de tiempo.

Los hechos tuvieron lugar en noviembre de 2015, sobre las 00.15 horas. Al comienzo del registro, los agentes violentaron diversos candados instalados en la puerta de la edificación. Allí se encontraron diferentes materiales y hasta casi un kilo de marihuana.

Durante la vista la oral, los hechos descritos fueron calificados por la Fiscalía como un delito contra la salud pública y se pidió para el acusado la pena de dos años y ocho meses de cárcel y 6.000 euros de multa con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada cincuenta euros impagados. Pero el abogado Rodrigo Gómez logró la absolución de su cliente.

La sentencia justifica su decisión en la ausencia de una orden judicial que amparase la entrada en el recinto de los agentes. El mismo texto, y en virtud de las pruebas aportadas durante el juicio, el juez no considera asumible "que existieran razones de urgente necesidad" para acceder ni tampoco "riesgo de desaparición y destrucción" de la marihuana. Todo ello hace concluir que "no existe prueba alguna de cargo válida" debido a la forma en que se obtuvieron. El texto también establece la destrucción de las sustancias incautadas.