La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Asesores confidenciales darán apoyo al personal del Ayuntamiento que denuncie acoso sexual

El reformulado protocolo municipal prohíbe las bromas, llamadas ofensivas e invitaciones persistentes y la petición de favores sexuales

Un vehículo de la flota municipal, con la Casa Consistorial al fondo. JUAN PLAZA

Los trabajadores del Ayuntamiento de Gijón tendrán a su disposición asesores confidenciales que les den apoyo ante situaciones de acoso sexual o acoso por razón de sexo. Personal con una formación específica y cuya misión es "atender y asesorar" a quien denuncie ser víctima de este tipo de acoso. Esta figura, que nada tiene que ver con la del instructor del expediente, se define en las páginas del protocolo de prevención y actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo que acaba de ser aprobado por la administración y los sindicatos en la comisión de Igualdad del Ayuntamiento y, este martes, pasa el filtro de la aprobación formal de la Junta de Gobierno.

Un protocolo que actualiza un primer documento elaborado en 2016 para adecuarlo a los cambios normativos producidos a los largo de este tiempo y que amplía su ámbito de aplicación del Ayuntamiento y los organismos autónomos -fundaciones y patronatos- al personal de las empresas de Promoción y Desarrollo donde se integran Gijón Impulsa, Divertia y Vivienda. En total, el protocolo afecta a unos 1.500 trabajadores estables del Grupo Ayuntamiento de Gijón.

El protocolo es de aplicación a todo el personal y autoridades de esas áreas municipales, incluyendo al personal directivo y eventual aunque no esté sujeto al convenio colectivo o los acuerdos sobre condiciones de trabajo comunes a los empleados. El protocolo parte del reconocimiento de que "las actitudes y actos de acoso sexual suponen un atentado a la seguridad, a la salud y a la dignidad de las trabajadoras y trabajadores" y tiene nueve principios rectores: tolerancia cero, igualdad, cultura de prevención frente al acoso, responsabilidad del mando, responsabilidad personal, garantía de indemnidad, intimidad y confidencialidad, celeridad y diligencia y garantías frente a la victimización secundaria.

El acoso sexual en el trabajo se conceptúa como una discriminación que se manifiesta a través de la sexualidad "siendo las mujeres las que lo padecen de forma mayoritaria, merced a un entorno social de desequilibrio y de poder". Y el acoso por razón de sexo se establece como toda conducta que infravalora, menosprecia o humilla a una persona, o su trabajo, por ser de un sexo determinado "normalmente dentro de un ambiente laboral con gran segregación". Dentro del acoso sexual el protocolo municipal distingue entre chantaje sexual, ya sea explícito o implícito, y acoso sexual ambiental.

A los efectos del protocolo, y sin ser un listado cerrado, se proscriben observaciones, sugerencias, bromas o comentarios sobre la apariencia o condición sexual de la trabajadora o trabajador; el uso de gráficos, viñetas, dibujos, fotografías o imágenes de contenido sexualmente explícito; las llamadas telefónicas, cartas o mensajes de correo electrónico de carácter ofensivo y de contenido sexual; el contacto físico deliberado y no solicitado o un acercamiento físico excesivo o innecesario; las invitaciones persistentes para participar en actividades sociales lúdicas, pese a que la persona objeto de las mismas haya dejado claro que resultan no deseadas e inoportunas; las invitaciones impúdicas o comprometedoras y peticiones de favores sexuales cualquier otro comportamiento "que tenga como causa o como objeto la discriminación, el abuso, la vejación o la humillación de la trabajadora o trabajador por razón de su condición sexual.

Al margen de la instrucción de expedientes, el protocolo concreta la realización de campañas de sensibilización, estadísticas sobre intervenciones y todo tipo de procesos formativos. Con un procedimiento en marcha -ya sea formal o informal- por denuncia de acoso se garantiza todo el apoyo y confidencialidad a la víctima. Y como medida cautelar, hasta el cierre del procedimiento, y si hay indicios suficientes del acoso, se dictaminará la separación de la víctima del presunto acosador. Esta medida nunca supondrá para la víctima perjuicios en sus condiciones laborales o salariales y será la víctima quien decida si se traslada ella de puesto o la persona agresora. El protocolo impone a los mandos que no se de ningún tipo de represalia sobre la persona que denuncie un acoso sexual en su trabajo.

Este protocolo salió adelante en la Comisión de Igualdad, que preside la Alcaldesa e incluye representantes de la administración y de los sindicatos, junto al II Plan de Igualdad del Ayuntamiento. Planes que luchan contra la discriminación y que se coordinan desde la Oficina de Políticas de Igualdad del Ayuntamiento.

Compartir el artículo

stats