Una reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) promulgada por Nicolás Maduro suprime la facultad que tenía el Parlamento de elegir la dirección de esa institución, cuando solo faltan horas para que sea constituida esa nueva cámara con mayoría de oposición. La reforma del artículo 9º de la ley suprime la obligación que establecía que la designación del presidente debía "ser ratificada por el voto de la mayoría de los miembros de la Asamblea Nacional". Ahora, el presidente del BCV será "designado por el Presidente o Presidenta de la República para un período de siete años", según establece uno de los artículos de la ley reformada por Maduro.