La Fiscalía pide penas que suman siete años de prisión para Constantino N. M., de 43 años, por atropellar mortalmente a Carlos Jiménez Jiménez, de 22 años, abandonándolo tendido en la carretera en Llanera en 2021 cuando huía de forma temeraria de la Policía Local de Gijón. El acusado circulaba sin puntos y, tras huir de los agentes, primero en coche y después a pie, arremetió contra ellos cuando lograron detenerlo. La vista oral está señalada mañana, 24 de junio, en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, a las 9,30 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 12,20 horas del 20 de septiembre de 2021, el acusado circulaba por la Avenida de Oviedo, en Gijón, conduciendo el vehículo Volkswagen Golf, cuya propietaria acompañaba al acusado en el momento de ocurrir los hechos y no consta que tuviera intervención en los mismos.

Debido a que el acusado circulaba a velocidad excesiva y con peligro para el resto de los vehículos y peatones, una patrulla de la Policía Local de Gijón le dio el alto para que se detuviera. El conductor hizo amago de pararse accionando los cuatro intermitentes del vehículo pero, al llegar a la altura del coche patrulla, aceleró de repente y reanudó la circulación a gran velocidad, esquivando al resto de los usuarios de la vía.

El acusado, perseguido por los agentes, se adentró en la Autovía Industrial (AS-II), realizando maniobras peligrosas, como circular en zigzag, con peligro para todos los usuarios. Tras salir de la autovía por la salida 5, circuló de la misma forma peligrosa por la carretera Avilés-Puerto de Tarna (AS-17). Al llegar al kilómetro 19,107, en un tramo recto, con perfecta visibilidad, con doble sentido de circulación, donde la calzada presenta una anchura de 3,50 metros y un arcén de 2,60 metros, el acusado adelantó a dos vehículos. Para ello, invadió el arcén derecho y atropelló a Carlos Jiménez Jiménez, que en ese momento había salido de su domicilio, situado en el margen derecho de la carretera, a unos metros del lugar, y transitaba por el arcén y que no lo pudo ver ni desviarse porque estaba de espaldas, caminando en el mismo sentido que el acusado. Este no accionó ninguna señal acústica para advertirle de su presencia. A consecuencia del atropello, el joven salió despedido, quedó tirado en el suelo y falleció en el acto.

El acusado, en lugar de detenerse para atender al atropellado, y pese a que tenía fracturada la luna delantera del vehículo a consecuencia del impacto, lo que le dificultaba la visibilidad, continuó circulando de la misma forma peligrosa hasta llegar a la calle Carrión, de Posada de Llanera, donde se vio obligado a detenerse por la presencia de un camión frigorífico que le impedía continuar. Ante esta situación, el acusado abandonó el vehículo y salió corriendo pero, al verse cercado por los agentes, que continuaban persiguiéndolo, se tiró al suelo y trató de esconderse, lo que no consiguió. Cuando los agentes llegaron a su altura, el acusado arremetió contra ellos con patadas y puñetazos, por lo que tuvieron que reducirlo, utilizando la fuerza necesaria para ello. A consecuencia de las patadas recibidas, dos agentes resultaron lesionados.

En el momento de la detención se le realizaron las pruebas para la detección de drogas, resultando positivo en THC-25. El posterior análisis de saliva dio negativo y no se solicitó análisis médicos de contraste. El examen policial no observó que el acusado presentara signos externos de influencia de las drogas o alcohol en la conducción y tampoco que estuviera influido por el consumo de drogas o alcohol en su forma de conducir. El acusado no podía conducir vehículos a motor ni ciclomotores por estar privado del permiso de conducir por la pérdida total de los puntos. Nunca realizó el curso ni el examen para su recuperación. La víctima tenía dos niños pequeños de tres y cuatro años. El acusado tiene numerosas condenas anteriores por diferentes delitos.

 La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de conducción temeraria en concurso ideal con un delito de conducción sin permiso por carecer totalmente de los puntos que habilitan para ello y otro delito de homicidio por imprudencia grave; así como un delito de abandono del lugar del accidente otro de atentado, en concurso ideal con dos delitos leves de lesiones. Concurre la agravante de reincidencia en el delito de conducción sin permiso. Y solicita que se le impongan penas que suman siete años de cárcel, cuatro años y medio sin carné de conducir y una multa de 360 euros.

En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía pide el pago de 109.583 euros, a uno de sus hijos, 115.845 euros; y al otro, 116.348 euros. además, al padre del fallecido: 74.170 euros; a la madre, 74.170 euros; y 97.000 euros para sus cinco hermanos. De estas cantidades responderá, como responsable civil directo y solidario, la compañía de seguros del vehículo que conducía el acusado y, como responsable civil subsidiario, la propietaria del mismo.