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Abogada

Asturias puede ser pionera en gestión de espacios naturales

Sobre la necesaria participación de los afectados en las zonas protegidas

Recientemente se ha publicado en la prensa asturiana el respaldo de todos los grupos políticos a la propuesta de Foro Asturias para que los titulares de derechos e intereses afectados en la zona en que se realiza la protección participen en los órganos de gestión de los espacios naturales. Ya hemos dicho en otras ocasiones que, si bien constituye esto un avance, no es desde luego la solución definitiva, pues no puede ignorarse u ofrecerse una participación minoritaria en la gestión de los espacios a quien aporta lo más importante, el territorio, que forma parte de su propio patrimonio y medio de vida, contribuyendo con ello al bien público de la conservación de espacios y especies.

No obstante, este primer paso tiene consecuencias, y no solo la ineludible obligación de modificar la ley del Principado de Asturias de Protección de Espacios Naturales, incorporando esta reforma; sino, y muy especialmente, la necesidad de elaborar los nuevos planes de gestión de los espacios naturales, atendiendo ya a esa propuesta parlamentaria, pues lo contrario supondría hurtar la posibilidad de que el legislador, que representa al pueblo asturiano en su Parlamento, responda a una evidente necesidad social de participación y de que se le escuche en esta materia. No sería, pues, propio del Estado de Derecho que proclama nuestra Constitución aprobar unos nuevos planes de gestión para los espacios naturales sin incluir esta modificación legal.

Por otro lado, y si bien muchos consideramos que, como ya recoge alguna sentencia del Tribunal Supremo, la propia declaración de algunos espacios ha perdido vigencia por incumplimiento de los plazos legales para la aprobación de sus planes de gestión, creo también que estamos ante una nueva oportunidad de hacer bien las cosas. Ha llegado el momento en que, desde un diálogo abierto con los afectados, se empiece a pensar en Asturias en una nueva forma de protección, en una nueva forma de gestión de los espacios, que armonice de verdad todos los intereses en juego, que no son otros que el derecho y la capacidad de desarrollo de la zona rural asturiana y la protección medioambiental. Pero para ello, y lo digo con toda humildad pero desde la experiencia, no puede basarse la protección de la naturaleza en un simple sistema sancionador, restrictivo de derechos, que utiliza como instrumento el doblegamiento, la prohibición y la restricción de quienes, durante décadas y generaciones, han contribuido a conservar lo que hoy tenemos y admiramos; tampoco parece adecuado un sistema que antepone el interés en el manejo y reparto de fondos europeos sobre cualquier interés real en la protección y el desarrollo, pues todo ello, además de ser una injusticia, constituye un sistema obsoleto y antiguo de protección.

Insisto, estamos ahora ante una oportunidad de hacer las cosas bien y Asturias podría ser la pionera. Algunos de los más reputados científicos y expertos en la materia empiezan a pronunciarse en este sentido. Sería interesante oírles y me permito recomendar al prestigioso y reputado ingeniero agrónomo Domingo Gómez Orea, doctor y catedrático de la Universidad Politécnica de Madrid, investigador, profesor, autor y profesional en ordenación territorial, evaluación, planificación y gestión ambiental y en recuperación de espacios degradados o el paisaje, en sus planteamientos acerca de la ordenación territorial y el desarrollo sostenible, ambiente, gestión de recursos y espacios naturales.

Pero debemos empezar de cero, olvidarnos de la extensión indiscriminada de las figuras de protección prácticamente a todo el territorio de Asturias y llevar a cabo, de forma coherente y rigurosa, primero, la evaluación del grado de representatividad de los tipos de hábitat a proteger, así como la determinación de la superficie abarcada por los mismos, el grado de conservación en que se encuentran, la necesidad real de protección y, muy importante, la verdadera eficacia de las medidas de protección, así como la evaluación de los posibles impactos negativos de ciertas medidas de conservación, que los tienen. En segundo lugar, es necesaria una delimitación con georreferencias, y de forma que se garantice la seguridad jurídica, del ámbito territorial de las diferentes zonas y regímenes de protección. Y, finalmente, facilitar la participación de los afectados y la ciudadanía y considerar las repercusiones que sobre la población, las actividades locales y el derecho al desarrollo socioeconómico tienen las fórmulas de protección, buscando y optando por aquellas que constituyan un atractivo y motiven el interés de estos ciudadanos en la aplicación de las medidas de conservación, que han de ser racionales, proporcionadas y equilibradas y que no necesariamente han de consistir en ayudas y subvenciones, que acaban adormeciendo a la sociedad y a los ciudadanos y convirtiéndolos en expertos en la captación de ayudas y no en verdaderos emprendedores.

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