Zaragoza / Oviedo,

P. R. / Agencias

Los padres que decidan romper su relación y residan en Aragón podrán compartir la custodia de sus hijos, tras la aprobación ayer en las Cortes aragonesas de la ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia. Todos los partidos -PSOE, PP, PAR y la Chunta Aragonesista-, a excepción de Izquierda Unida, que se abstuvo, no por el contenido sino por cómo se ha regulado, apoyaron la nueva norma, pionera en España.

Al romper la convivencia, los padres podrán elaborar un denominado «pacto de relaciones familiares», en el que se fijará la pensión que se ha de pagar, el régimen de visitas y otros aspectos. Con posterioridad, todo será revisado por el juez, que podrá anularlo si considera que no prevalece el interés de los menores. En el caso de que no haya acuerdo previo entre los progenitores, se optará preferentemente por la custodia compartida. Con esta nueva ley se intenta garantizar que los niños de padres separados mantengan el derecho a relacionarse con los restantes familiares y que los dos cónyuges conserven sus funciones como autoridad familiar sin que ésta pueda ser menoscabada. Ambos tomarán decisiones sobre la educación y crianza y tendrán derecho a relacionarse de forma regular y directa con sus hijos.

Tras Aragón, Vizcaya, Cataluña y Valencia han manifestado su intención de elaborar una ley de similares características. En el Estado autonómico español sólo las comunidades con derecho foral pueden aprobar este tipo de normas. Las autonomías que, como Asturias, no tienen derecho propio están sujetas a la legislación estatal (Constitución española, artículo 149.8).

La ley de Divorcio, aprobada en 2005, califica la custodia compartida de situación «excepcional» que sólo se concede si el fiscal informa a favor. Los cambios sociales de los últimos años y las reclamaciones jurídicas presentadas por numerosos padres separados que se sienten judicialmente discriminados en la relación con sus hijos podrían obligar al Gobierno del Estado a abordar una modificación.

Lo habitual, tras una separación de los padres, es que el juez conceda la custodia de los hijos, sobre todo si son menores y no concurre ninguna circunstancia grave, a las madres. Se amparan en razones sociológicas, históricas y hasta biológicas, dado el estrecho vínculo que existe entre la madre y el hijo.

Orlando Concheso, abogado asturiano especialista en derecho de familia, afirma que la custodia compartida «es maravillosa, siempre que se puede aplicar en la práctica».

Y la práctica, según Concheso, exige que los padres vivan en la misma ciudad, de forma que los niños puedan trasladarse de una casa a otra sin problemas, y que la comunicación entre ambos sea fluida. «La custodia compartida admite dos enfoques: uno de ellos sería la distribución idéntica del tiempo que los menores pasan con sus padres; por ejemplo, quince días con uno y quince con el otro. Esto exige un mismo colegio y dos habitaciones. El otro sería, siempre que los niños tengan una edad para ello, que se muevan libremente entre una casa y otra. Si funciona bien, es perfecto», señala.

En su experiencia como abogado de familia, Orlando Concheso dice que ha encontrado pocos padres que soliciten la custodia de sus hijos. «Hay padres que tienen problemas para cumplir con el régimen de visitas. Con la legislación actual, la pelea de los padres que quieren mantener un estrecho contacto con los menores es por un buen régimen de visitas, amplio y flexible».