"Lo que yo descargué era para consumo propio, para verlo yo, no para compartirlo", se justificó ayer O. S. F., un taxista luarqués de 37 años para el que la fiscal pide cinco años de prisión por descargar pornografía infantil y distribuirla a otros usuarios a través de programas "peer to peer" (P2P). Según dijo en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, "borraba los archivos de menores de 13, 14 y 15 años". Su límite eran las chicas de 16.

Al acusado, padre de un niño de 8 años, le cazó el buscador "Vicus" de la Guardia Civil. Cuenta con una base de datos con el valor "hash" (una especie de identificación) de cada archivo previamente identificado como pedófilo, que luego busca por internet. Cuando el "Vicus" detecta más de seis descargas a la vez, se descarta que sean accidentales y se imputa al internauta. El luarqués fue cazado en una investigación de un Juzgado de Majadahonda (Madrid). El "Vicus" estableció que O. S. F. había descargado 33 archivos entre el 22 de enero y el 28 de febrero de 2012.

"No era consciente de lo que descargaba. Intenté borrar los archivos que pude", indicó el luarqués, defendido por Marcelo Suárez. La fiscal le preguntó cómo se las arreglaba para distinguir qué niñas no llegaban a 16. "Por el físico, aproximadamente", respondió. La fiscal repuso que se habían detectado en su ordenador búsquedas específicas de vídeos sexuales de menores. Y el acusado añadió: "Cuando buscaba, ponía 16". El luarqués dijo que no era consciente de compartir el material, ni siquiera de su presencia en el ordenador. "Se colaría", justificó.

En el disco duro del ordenador tenía "películas normales y corrientes". Pero no sabía ni lo que había, y hubo archivos que no le dio tiempo a mirar. De hecho, la Guardia Civil encontró el rastro de 12.510 descargas del "emule", 121 de archivos pedófilos.

Los agentes que registraron su casa el 22 de noviembre de 2012 encontraron archivos con niñas realmente pequeñas. "Algunas tendrían 10 años", indicó un guardia. Los archivos se descargaban directamente en el disco externo, después de que el usuario hubiese realizado una modificación. Alguno de los archivos fue reclamado hasta 340 veces por otros internautas.

La fiscal pedía inicialmente seis años, al contemplar la agravante de uso de menores de 13 años. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero establece que esa agravante sólo puede aplicarse a los productores del material. Por este motivo, la fiscal retiró la agravante y dejó la pena en cinco años. El abogado defensor indicó que "quien facilita la distribución es el programa, que no ha sido creado por el acusado". Añadió que la posibilidad de compartir no supone una "voluntad de hacerlo". "Un año o dos serían suficientes y proporcionales. Y pidió que no se arruine la vida de una persona de 37 años que colaboró desde el principio y que posiblemente cometió un error, pero no posee conocimientos suficientes".