Sedaron y asfixiaron a su hija de 12 años entre los dos, en un plan conjunto para acabar con su vida. El fallo por el "caso Asunta", conocido ayer (13 días después de que el jurado los declarara culpables), condena a 18 años de prisión a Rosario Porto y a Alfonso Basterra "por un delito de asesinato, con la agravante de parentesco". El juez considera probado que los acusados, "de común acuerdo", suministraron a su hija, desde al menos tres meses antes de su fallecimiento, un medicamento que contenía Lorazepam. El 21 de septiembre de 2013 le administraron una dosis de ansiolíticos en grado tóxico, para después asfixiarla, entre ambos, en el chalé de Montouto. El hecho de que viniese siendo sedada prueba además que no participaron terceras personas, como sostuvieron las defensas. La sentencia no deja claro quién y cómo se trasladó el cadáver a la pista forestal donde fue encontrado.

Hubo un "plan acordado", una cuestión que "evidencian" los datos recabados y que permiten llegar "a la certeza" de la implicación de ambos. La pena es de 18 años para cada uno, como pedía la Fiscalía. El juez Jorge Cid estima bien razonadas la incorporación de pruebas por parte del jurado en su veredicto y refuerza la versión con argumentos propios. La sentencia considera probado que los acusados le daban Orfidal a la pequeña y que el padre de la víctima retiró, en al menos tres ocasiones, entre julio y septiembre de 2013, este fármaco en la misma botica.

Para acabar con la vida de la pequeña, le suministraron en la comida una cantidad de medicamento importante para asfixiarla cuando le hiciera efecto. En un momento entre las 18.33 y las 20.00 horas, en la casa de Montouto, los padres asfixiaron a la niña al comprimirle la boca y la nariz. Cerca de la muerte de la menor, la ataron brazos y tobillos con cuerdas plásticas de color naranja. La menor no pudo defenderse, por lo que existió alevosía y por tanto hay que calificar los hechos de asesinato. Para el juez, "las pruebas científicas desmienten la versión de las defensas", que dicen que fue otro quien drogó a la niña. La sentencia recoge las pruebas periciales del análisis del cabello de la pequeña, que detectaron "benzodiacepínicos y metabolitos" de al menos tres meses antes de su muerte.

El magistrado reconoce la "dificultad" que entrañaba en este caso "la ausencia de prueba directa de los hechos enjuiciados". Cid subraya que los integrantes del jurado "no se han limitado a enumerar los elementos que han tenido en cuenta para llegar a su convicción", sino que "también han expresado las razones de su decisión".