Seis meses de prisión y una indemnización de 6.000 euros es la condena impuesta por el magistrado de lo Penal 2 de Avilés al dueño y trabajador de una gasolinera acusado de insultar y vejar a una de sus empleadas en Castropol. Según el juez, cometió un delito de acoso laboral, que no sexual.

El juez considera probado, a la vista de las declaraciones de los testigos de la acusación particular, ejercida por María Fernanda López, que el acusado se dirigió a la empleada en varias ocasiones con expresiones como "vente bien lavada y con las bragas cambiadas", "folla más" , "ven bien follada" o "tonta , imbécil, inútil".

Pero no quedó probado que el acusado le ofreciera ir a dormir con él, ni que le tocara las nalgas. El procesado negó en el juicio que la hubiera insultado o se hubiera reído de ella, pero sí admitió que discutían por motivos de higiene. Afirmó que "salpicaba los platos de saliva al hablar" y que "jamás" le había hecho comentario alguno de índole sexual ni había estado con ella a solas.