El juez exige a Areces que cumpla las sentencias de los funcionarios
La Administración paralizó la aplicación de autos judiciales sobre personal tras aprobar la ley de Función Pública

Protesta de funcionarios.
Oviedo, Pablo GONZÁLEZ
Los tribunales han vuelto a asestar otro golpe a la política de personal del Principado, responsabilidad de la Consejería de Administraciones Públicas, en manos Ana Rosa Migoya, en lo que se refiere a la selección de los altos cargos de la pirámide funcionarial de la Administración regional.
Por un lado, el Juzgado de lo contencioso-administrativo número cinco de Oviedo ha rechazado la petición del Principado de paralizar la ejecución de la sentencia que tumbó en su día el nombramiento del proceso de selección de 480 jefes de sección y de 350 jefes de negociado por la incorrección de una de las bases del concurso.
Por otro, el Tribunal Supremo rechazó el recurso presentado por el Principado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) que tumbaba la conversión de 15 puestos de jefes de servicio destinados a funcionarios en puestos destinados a personal laboral según un acuerdo del Gobierno de 2003. El Principado, tras los varapalos judiciales sufridos a tenor de las denuncias presentadas por sindicatos como USIPA, anunció a finales del pasado año la reforma de la ley de la Función Pública para tapar las vías de agua, entre otras cosas, que presentaba la antigua normativa sobre la elección de los altos cargos por el sistema de libre elección.
Con la puesta en marcha de la nueva ley, el Principado considera que sentencias como las que anulan el nombramiento de 480 jefes de sección y 350 de jefes de negociado quedaban sin efecto. Pero el magistrado José Ramón Chaves no lo tiene tan claro. De ahí que en un escrito con fecha del pasado día 11, niega la petición del Principado de no tener que ejecutar estas sentencias, porque lo que ordenan ya está recogido en una disposición transitoria de la nueva ley. Pero Chaves argumenta que «estamos ante una previsión o habilitación legal que por sí misma carece de fuerza para vaciar el contenido ejecutorio de una sentencia». El magistrado también asegura que «lo suyo sería que la Administración, haciendo uso de la citada disposición, procediese a dejar sin efecto la convocatoria anterior con una nueva convocatoria ajustada a la presente ley».
En cuanto a la sentencia del Tribunal Supremo, ésta confirma la anulación de un catálogo de puestos de trabajo de la Administración de 2003 en el que se convierten 15 jefaturas de servicio para funcionarios en puestos para personal laboral. Algo que, según las sentencias, sólo se puede hacer en determinados supuestos, que se cumplían en los casos denunciados. El Principado argumenta siempre que gana más del 90% de este tipo de reclamaciones.
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