El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Oviedo ha declarado nulo, por "no ser conforme a derecho" el concurso de méritos que la consejería de Hacienda había puesto en marcha para cubrir 476 puestos de jefes de sección de la administración del Principado de Asturias. La decisión responde al recurso que había presentado el colectivo Conceyu por Otra Función Pública en Asturias contra una convocatoria del pasado mes de mayo.

El principal motivo para la anulación del concurso de méritos, una decisión contra la que cabe recurso, es el hecho de no estar amparado en una relación de puestos de trabajo (RPT) en la que quedase reflejada una descripción de cada una de las vacantes convocadas. Según la sentencia, "lo relevante en este caso no es que esas funciones aparezcan descritas en el anexo I de la convocatoria sino que no tienen detrás un instrumento ordenador donde aparezcan reflejadas y sea de público conocimiento".

La propia sentencia señala que este motivo "conlleva, por su propia naturaleza, la nulidad de la resolución impugnada". Sin embargo, el magistrado encuentra razones adicionales que refuerzan su decisión, como la limitación a 50 de los puestos a los que podían optar los concursantes, argumentado en la Administración "por motivos de agilidad", un punto que el juez no considera suficiente para "preterir el derecho de un funcionario a obtener un puesto al que podría acceder de tener mejor derecho que otros solicitantes".

También rechaza la sentencia que el concurso excluya de la valoración de méritos el tiempo de permanencia en un puesto interino por quien ya es funcionario de carrera, un criterio que, según el colectivo Conceyu por Otra Función Pública en Asturias, supone "una discriminación que vulnera el principio de igualdad y la jurisprudencia comunitaria".

Otra de las irregularidades que esgrimía el recurso era la valoración entre los méritos computables de los cursos de formación, algo que el juez entiende que "no puede considerarse más que la conducta positiva de quien acude a recibir el curso y lo aprovecha satisfactoriamente. Por último, da la razón al colectivo reclamante en la existencia de plazas excluidas de la convocatoria, entre ellas más de 10 puesto de letrado en el Servicio Jurídico del Principado y en el Sespa, "que deberían ser incluidos en la convocatoria".

Según Conceyu por Otra Función Pública, la sentencia "es demoledora para el Principado, tanto por la magnitud y número de ilegalidades", como por los precedentes, con convocatorias similares anuladas por los tribunales en 2006, 2008 y 2010.