El diputado de IU Ángel Gonález, condenado a 7 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa, ha declarado esta tarde que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, ya que se considera objeto de una "persecución política", por lo que luchará contra "esta mentira" y no renunciará a su escaño en la Junta.

La sentencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de la que es ponente el propio presidente del Alto Tribunal, Ignacio Vidau, impone para el diputado y para Roberto Moro, entonces secretario general técnico de la Consejería, la pena mínima para un delito de prevaricación, de acuerdo a la petición realizada por el Ministerio Fiscal, que denunció los hechos en febrero de 2013. El TSJA considera probado que González, como autor directo en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social, y Moro, como cooperador necesario, son responsables del delito por el fraccionamiento ilegal, en el año 2010, de contratos para instalar monolitos que señalizaran las fosas comunes de las víctimas del franquismo en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica.

González criticó duramente la sentencia al considerar que su única fundamentación es "una declaración falsa de una funcionaria que cambió su testimonio varias veces", en referencia a la entonces jefa de servicio de la Consejería de Bienestar Social, Mónica M.A., quien, según el escrito, una vez estudiado los presupuestos, informó a Roberto Moro de que el tipo contractual debería ser el de contrato de suministro a tramitar por procedimiento negociado, a lo que éste en un principio accedió.

El diputado, que defendió la labor de Moro -"un profesional como la copa de un pino"-, aseguró que todos los monolitos de España han sido colocados bajo la modalidad de contrato de obra y apeló a la dignidad de las personas asesinadas; "¿Qué pasa con todos esos muertos que están por los caminos?", aseveró.

González también quiso hacer hincapié en el día en que llega esta sentencia, el mismo en que arranca la campaña para las elecciones europeas, algo que no considera una casualidad.

La sentencia establece que la condena "implica la pérdida de su condición de diputado electo en la Junta General del Principado de Asturias, así como la posibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por dicho periodo, si bien no la pérdida de sus condición de funcionario si la tuviera". El fallo, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, también condena a la misma pena a Roberto Moro Tella, en aquel entonces secretario general técnico de la Consejería, como cooperador necesario.

La sentencia relata que González convocó en la sede de la Consejería al administrador de la sociedad New Construction, dedicada a la elaboración de hitos, al que se le encargó un presupuesto para adjudicar un contrato menor de obras y también se le solicitó que aportase presupuestos de otras dos empresas. Según el fallo, esta solicitud se hizo para dar "cobertura legal" a la exigencia interna de presentar tres presupuestos y así proceder a la posterior adjudicación por el procedimiento de contratación menor de obra.

El administrador de New Construction entregó un presupuesto propio por importe de 49.856 euros, así como el de otras dos empresas por 49.989,97 euros y 58.000 euros. La sentencia señala que la entonces jefa de servicio de la Consejería de Bienestar Social, Mónica M.A., una vez estudiado los presupuestos, informó a Roberto Moro que el tipo contractual debería ser el de contrato de suministro a tramitar por procedimiento negociado, a lo que éste en un principio accedió.

No obstante, según el apartado de hechos probados, González acudió al día siguiente al despacho de la jefa de servicio y le manifestó que "resultaba imposible tramitarlo por el procedimiento negociado porque se retrasaría y necesitaba hacerlo con carácter urgente". La jefa de servicio le advirtió de que no podía hacerse como contrato menor de obras porque era un suministro, y el contrato menor de suministro tenía un límite máximo de 18.000 euros.

Mónica M.A. optó finalmente por renunciar a la tramitación ante la insistencia de Ángel González y Roberto Moro, quien finalmente, de acuerdo a la petición del viceconsejero, encargó a otro funcionario la realización de tres contratos menores de suministro. El fallo subraya que está "plenamente acreditado" que Ángel González "era plenamente conocedor de la arbitrariedad que suponía el fraccionamiento realizado", al ser "expresamente advertido" por la funcionaria, y señala que lo pudo hacer "al contar con la aquiescencia y el respaldo" de Roberto Moro.