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El TSJA tumba el nombramiento del gerente del Servicio de Emergencias

Los magistrados consideran que el Principado vulneró los principios de publicidad y concurrencia y dan la razón al recurrente, el exgerente del 112

Antonio del Corro. LNE

El Gobierno regional tendrá que sacar a convocatoria pública el puesto de gerente del Servicio de Emergencias del Principado (SEPA). El Tribunal Superior de Justicia de Asturias acaba de dictar una sentencia que tumba el nombramiento de Antonio del Corro como máximo responsable del SEPA, una entidad nacida en septiembre de 2013 como resultado de la fusión del 112 y Bomberos de Asturias. La sentencia, que aún no es firme, da la razón al recurso presentado el que fuera gerente del 112, César Álvarez.

El Principado nombró gerente del SEPA a Antonio del Corro a propuesta del consejo rector de esa entidad, que valoró su gestión al frente de Bomberos de Asturias y entendió que ofrecía el perfil idóneo ya que tenía un amplio conocimiento del sector, tras siete años en ese puesto, y también de gran parte de la plantilla a dirigir en su nuevo puesto. La decisión fue recurrida por César Álvarez que hasta la citada fusión había sido el responsable del 112. Tras la desestimación del recurso presentado por vía administrativa al Principado, el letrado Raúl Bocanegra presentó el pleito en la vía de lo contencioso-administrativo para que fueran los tribunales de justicia los que dirimieran si su cliente tenía razón al considerar que el nombramiento del Ejecutivo regional había vulnerado los principios de mérito y capacidad al no realizar una convocatoria pública para cubrir dicho puesto. Los servicios jurídicos del Principado defendieron el nombramiento realizado para dirigir el SEPA con el argumento de que la designación de altos cargos no requería convocatoria alguna ni tampoco motivación "toda vez que el único requisito es cumplir las condiciones que para cada cargo se establezca, así como la confianza del órgano que procede al nombramiento".

Los magistrados de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias estimaron la reclamación defendida por Bocanegra al considerar que "la aplicación de los principios constitucionales de mérito, capacidad e igualdad en el acceso a las funciones y cargos públicos resultan aplicables al procedimiento de selección, sin que la calificación de la relación laboral especial de alta dirección permita eludir la aplicación de lo establecido en la Constitución sobre la igualdad de acceso a los cargos públicos". La sentencia concluye que "aun cuando se trate de un contrato de alta dirección (...) no pone en suspenso la vigencia de los principios constitucionales". Los magistrados del TSJ de Asturias fundamentan su decisión en jurisprudencia del Tribunal Supremo de la que se desprende que "es injustificado sostener que, por el hecho de optarse por la relación laboral especial de alta dirección, la más amplia libertad que para sus estipulaciones pueda permitir esta modalidad de contratación laboral necesariamente comporta eludir lo establecido en el artículo 23 de la Constitución sobre la igualdad de acceso a los cargos públicos".

La sentencia, con fecha del pasado lunes, aún no es firme. El Principado tiene la posibilidad de presentar un recurso ante el Supremo o, en el caso de que acate el fallo del TSJA, realizar una convocatoria pública para la gerencia del SEPA.

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