EL Tribunal Superior de Justicia de Asturias por sentencia del 29 de junio de 2018 da la razón al Sindicato OTECAS-CISA, y declara nula la Resolución de 8 de marzo de 2017 por la que se determina la relación media alumnado/profesor por unidad escolar.

Estas son las ratios que la Administración exigía como mínimas, a los centros para determinar los conciertos educativos desde el curso 2017-2018 al 2022-2023.

El Tribunal acoge los argumentos del Sindicato demandante y declara nula la Resolución por dos motivos fundamentales. Por un lado, porque no fue sometida a informe previo del Consejo Escolar del Principado de Asturias. Y, por otro lado, porque la resolución "adolece de una falta de motivación total y absoluta" ,.."y evidenciando la total omisión de la variable profesor sin que medie razonamiento alguno sobre la misma."

Además el informe interno es de fecha posterior a la Resolución, cuando debería de ser previo a la publicación de la misma.

Desde OTECAS, se congratularon esta mañana de que "una vez más los tribunales nos vengan a dar la razón en los planteamientos que veníamos defendiendo ante los medios, en la Comisión de Conciertos y en los demás ámbitos de participación".

Y agregan que al no introducir el factor profesor en el cálculo de la relación de alumnos por aula se estaba perjudicando arbitrariamente tanto a trabajadores como al alumnado de los centros de enseñanza concertados.

"Consideramos que esta sentencia tiene mucha importancia para la defensa de las unidades concertadas que se vieron disminuidas en el curso pasado", confirman desde OTECAS. Pero sobre todo, agregan, es fundamental para la defensa de las unidades que se pretendan disminuir en este curso, ya que la nueva resolución de ratios de 11 de abril de 2018 tampoco fue informada por el Consejo Escolar del Principado y adolece de la misma falta de motivación; y también ha sido impugnada por OTECAS.