Importante giro del caso de presunta apropiación indebida de los dineros del Colegio de Enfermería de Asturias, procedentes de las cuotas de sus casi 7.000 colegiados.

Hace un año, la jueza de instrucción archivó la causa. Ahora, la Audiencia Provincial de Oviedo ha decidido reabrirla y ordena que sean llamados a declarar, en calidad de investigados, varios directivos colegiales, una hija del expresidente de la entidad y el responsable de elaborar la revista del Colegio.

La Sección Segunda de la Audiencia expone sus razonamientos en un auto fechado el pasado día 11. Y lo hace en unos de esos párrafos larguísimos, clásicos del estamento judicial, en el que los magistrados señalan que los argumentos expuestos por la jueza de instancia y compartidos por el Ministerio Fiscal "no pueden ser admitidos", y ello "sin perjuicio de lo que resulte de la correspondiente instrucción".

Pero a falta de esa instrucción, los jueces de la Audiencia se muestran muy incisivos. Señalan que los hechos denunciados allá por 2014 por 98 enfermeros de la región "pudieran ser constitutivos de un delito de apropiación indebida".

El auto añade que con motivo de la publicación mensual de la revista colegial "Impulso" y "todo lo que rodea a las actividades de asesoramiento de contenidos, producción, impresión, producción, podrían haberse venido distrayendo importantes cantidades de dinero de los fondos colegiales, en beneficio tanto del único investigado en la causa, Emilio Losa García, hoy fallecido, como de personas de su entorno familiar y colegial, en detrimento de los fondos del Colegio y sus colegiados".

El auto cifra "el importe de los gastos presupuestados a favor de la empresa BV Asesores Comunicación e Imagen" en un total de 1.447.693 euros, cuantía que fue en parte destinada "a abonar facturas giradas por el vicepresidente del Colegio, Alfonso Román López, así como a la mercantil Loclark S.L, de la que era apoderado el fallecido Emilio Losa, siendo administradora su hija Marta Elena Losa Iglesias".

La Audiencia puntualiza que no aparece "en principio debidamente justificada la realización de los trabajos y servicios que amparan la emisión de las facturas".

Los jueces observan en el recurso presentado por los denunciantes "indicios que parecen apuntar" a la emisión de esas facturas "para la justificación de pagos por servicios inexistentes".

Entre esos indicios, los magistrados citan que todas las facturas sean correlativas, que no se especifiquen los servicios, tampoco las fechas, conceptos, ni persona que llevó a cabo el asesoramiento, que no conste la identidad ni la firma del emisor... "Indicios a los que deben unirse las vinculaciones familiares y lazos de amistad existentes con el fallecido, no existiendo por otro lado constancia documental alguna de la contratación de los servicios", indica el auto.

La Audiencia sostiene que, "en estas circunstancias no cabe duda de que los hechos que motivaron las presentes diligencias previas tienen, a priori, entidad delictiva".

Nuevas declaraciones

En consecuencia, los magistrados determinan "la continuación de la causa" y acepta que se proceda, como solicitaban los recurrentes, "a recibir declaración, en calidad de investigados, a Alfonso Román López González, vicepresidente de la junta de gobierno del Colegio, a Marta Elena Losa Iglesias, administradora única de la entidad Loklark S.L., y a Bartolomé Navarro Gutiérrez, socio y administrador de facto de la mercantil ´BV Asesores Comunicación e Imagen S.L.´".

Igualmente, añaden los jueces, "procede recibir declaración, en calidad de testigos, a las personas a las que se refiere la providencia de fecha 28 de mayo de 2014, hoy firme, a las cuales todavía no se les ha tomado, a saber Yolanda Junquera López, tesorera del Colegio, y a Manuel Fernández Viar, asesor externo del Colegio".