Un vecino de Elche ha conseguido en los juzgados que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) le indemnice con 15.000 euros por una demora diagnóstica a raíz de un traumatismo sufrido en el pie derecho por una caída fortuita, desde una altura de dos metros, ocurrida el 2 de enero de 2015. El afectado, que quedó incapacitado, llegó a reclamar 259.665 euros correspondientes a la indemnización por secuelas, así como por lesiones temporales.

No obstante, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha reducido considerablemente esa cantidad tras estimar parcialmente su recurso frente a la resolución del 15 de mayo de 2017 de la Consejería de Sanidad, que había desestimado la reclamación de indemnización. El vecino de Elche, tras sufrir la lesión, acudió al Hospital Carmen y Severo Ochoa, en Cangas del Narcea, para ser atendido.

El servicio de Urgencias apreció signos dudosos de fractura y de esguince, y se limitó a colocarle una férula y administrarle calmantes, a la vista del dolor y la deformidad. A partir de aquí, según consta en la sentencia del pasado mes de noviembre, el lesionado precisó de nuevas atenciones médicas y del seguimiento de especialistas en hasta cinco ocasiones, hasta el punto de que tuvo que ser ingresado en el servicio de Traumatología. Posteriormente, ya en su domicilio habitual en Elche, el 1 de abril de 2015 inició un tratamiento rehabilitador.

Seis meses después, tras valoración de incapacidades de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Alicante, al ciudadano se le reconoció "incapacidad permanente total para su profesión habitual".

El TSJA concluye que los hechos en sí se corresponden con "una demora diagnóstica con cierta incidencia, que consideramos real pero moderada o secundaria, sobre el daño final, y debiendo subrayar que no consideramos probada que la causa real, exclusiva y determinante del cuadro de daños finales fuese la demora en el diagnóstico de la lesión arterial que se alzase en factor generador de la necrosis y afectación total de la articulación". De igual modo recalca que se ha solicitado "una indemnización desorbitada", por lo que ante este panorama acuerda "estimar parcialmente la demanda y reconocer el derecho a la indemnización" en cuantía de 15.000 euros". La sentencia es recurrible.