Dos años y tres meses para una administrativa del HUCA por acosar a una subalterna

Le dio un trato "humillante", la reñía por todo y la aisló hasta quedar de baja, señala la sentencia

Vista del HUCA desde La Corredoria (Oviedo).

Vista del HUCA desde La Corredoria (Oviedo). / LNE

Pablo Álvarez

Pablo Álvarez

Una auxiliar administrativa del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) ha sido condenada a dos años y tres meses de cárcel por acosar a una compañera de trabajo de la misma categoría que ejercía bajo su jerarquía en el gabinete de comunicación del complejo sanitario de Oviedo. Así lo ha determinado el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, tras repetirse un juicio que ya la había sentenciado a mediados de 2022 a dos años y cuatro meses. Tal como establece la nueva sentencia, la acusada tendrá que pagar una indemnización a la víctima de 9.000 euros por los daños morales sufridos, por encima de los 2.000 solicitados por el ministerio público, pero muy por debajo de los 30.000 que pedía la acusación particular, bajo la dirección letrada de Alfonso Coronas.

La Audiencia Provincial basó la nulidad de la sentencia anterior en la denegación por parte de la magistrada de una prueba que consistía en unas grabaciones aportadas por la acusada. Esta prueba ha sido tenida en cuenta en esta ocasión, pero el resultado ha sido prácticamente idéntico, solo un mes menos. El fallo será recurrido presumiblemente ante el Tribunal Superior de Justicia.

La sentencia considera probado que, "desde septiembre de 2013 hasta febrero de 2017", la ahora condenada y la víctima trabajaron juntas en el Gabinete de Comunicación del HUCA. Desde el inicio del trabajo, "la acusada ha venido infligiendo a la víctima de forma continuada un trato despectivo, autoritario y humillante con menosprecio a todas las labores que realizaba, recordándole que era una mera ‘auxiliar administrativo’, haciendo ver que, siendo trabajadora eventual, su puesto de trabajo podía depender de ella, minusvalorando su capacidad laboral, culpándola de resultados laborales negativos, riñéndola hasta hacerla llorar, limitando sus descansos, controlando toda su actividad dentro del trabajo, como la comunicación con otros compañeros, exigiéndole cubrir formularios cada media hora, llegando en abril de 2015 a revisar sus accesos a internet en su ordenador y colocando una grabadora en su sala de trabajo". Además, le "reprochaba su forma de vestir". Para la jueza sustituta Emma Rodríguez Díaz, estas conductas no las reproducía con el resto de compañeros.

"La situación de hostilidad y trato humillante se tradujo en la retirada por la acusada, dándole trabajos de escasa relevancia o ajenos a su categoría profesional, como abrir las puertas de las salas o llamar a los hospitales de España para pedir a los gerentes su correo personal, dejó de emplearla en actos y ponencias públicos y dejó de agendarla con el resto de compañeros, que tenían reuniones grupales en las que la víctima no participaba".

Ansiedad y estrés

La víctima sufrió bajas laborales por ansiedad y estrés, durante cerca de catorce meses en los años 2015, 2016 y 2017, siendo diagnosticada de "trastornos de adaptación con predominio de alteraciones de otras emociones en un contexto de conflictos relacionales en el ámbito laboral".

Aunque el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales advirtió de la situación ya en 2015, en 2016 la Inspección de Trabajo advirtió al HUCA de que había "indicios de criminalidad que podían dar lugar a una imputación penal y solicitó la apertura de un procedimiento interno de investigación y la realización de una evaluación de riesgos psicosociales con especial mención de la valoración del riesgo de acoso laboral y la adopción de las medidas correspondientes". Finalmente, la gerencia cesó a la acusada en febrero de 2017.

La jueza da credibilidad a la versión de la víctima, "persistente en la incriminación, prolongada en el tiempo, sin ambigüedades ni contradicciones". Al tener un contrato temporal, la acusada la presionaba, haciéndole ver que su contratación indefinida podía depender de ella, dice el fallo. "La acusada le echaba la culpa de todo lo que saliera mal, la llamaba a su despacho y, hasta que no la hacía llorar, no paraba de reñir", añade.

El fallo considera probado que la acusada sometía a la víctima a un control exhaustivo, no dejándole interactuar con terceros y aislándola. Tras la primera baja, le apretó "más las clavijas", llegando a seguirla e incluso grabándola con el móvil. Le echaba en cara que era una simple "auxiliar administrativa", y como no era suficiente humillación empezó a darle labores de celador, mientras que a un celador le daba labores administrativa.

Y añade que "en la causa han quedado acreditados los actos de hostigamiento psicológico y la causalidad entre estos actos con las lesiones psíquicas, objetivadas médicamente". Vista la gravedad de los hechos, el tiempo de duración de los mismos y las consecuencias sobre la víctima, la jueza impone las penas en su mitad superior.