La directora de una granja escuela de Soto del Barco, dos monitoras y, como responsable civil la entidad titular del negocio, se enfrentarán el lunes en Avilés ante el juez por la muerte de un niño de 5 años ocurrida en el verano de 2017. El pequeño se ahogó en la piscina del centro en un momento en que el vaso estaba mal vigilado.

Y la fiscalía es contundente en su relato de los hechos. El pequeño Izán Álvarez se ahogó, según el Ministerio Público, por una desatención clara en el momento del suceso que se suma a un encadenado de circunstancias punibles. Según fiscalía "la encargada de la instalación no adoptó ningún tipo de medida de precaución, ni siquiera la más elemental, en el desarrollo de la actividad de piscina con el niño, que tenía pánico al agua; el número de menores a cargo de las dos cuidadoras era considerablemente mayor a lo permitido por ley; la piscina no tenía licencia de apertura y carecía de socorrista y la directora no había solicitado al Instituto Asturiano de la Juventud autorización para el desarrollo y organización de actividades de aire libre".

De todo eso deberán responder los acusados. Será duro para todas las partes escuchar en la sala, de nuevo, que el niño ahogado tenía "pánico al agua" y que no era algo desconocido, ya que los propios padres advirtieron a la titular del negocio del trauma que tenía el niño. En cuatro días que pasó en la granja-escuela la mayor parte del tiempo se negaba a ponerse el bañador y, una vez en la piscina, sus incursiones al agua se limitaban a entrar y salir de forma casi inmediata. 

Dice el fiscal que los pravianos Elena Pérez y Miguel Álvarez, padres del niño, advirtieron a la directora de la granja escuela de La Bouza, ubicada en Riberas, en Soto del Barco, donde el menor iba a disfrutar de un campamento de verano, que el crío tenía "pánico al agua" y que lo hicieron de forma "clara, rotunda y concreta", y más de una vez. Tanto es así que en el registro de inscripción en el campus consta en el apartado de recomendaciones: "Pánico al agua, cuidado en la piscina". La directora tranquilizó a la familia y le infundió confianza, pero no adoptó ningún tipo de medida para impedir que Izan Álvarez muriera ahogado, como trágicamente ocurrió. Fue otra niña la que halló a su compañero de juegos en el fondo de la piscina. Las acusadas -la directora de la granja-escuela y dos monitoras- estaban sentadas en unas hamacas "en el punto más alejado del vaso infantil sin extremar cautela alguna sobre el menor" cuando ocurrieron los hechos, un 25 de julio de 2017 hacia las tres y veinte de la tarde. El Ministerio Fiscal pide ahora penas de cárcel -tres años y medio de prisión para cada una de las imputadas- e indemnizaciones que rozan los 300.000 euros.

La fiscalía las considera autoras de un delito de homicidio por imprudencia grave profesional por el que serán juzgadas en Avilés. La acusación particular defendía un delito de homicidio en comisión por omisión, escenario que les llevaría a ser juzgados por un jurado popular. La familia, a diferencia del fiscal, pide cuatro años de cárcel para tres monitoras (una más que el Ministerio Público), la directora de la empresa y el dueño de la misma, así como 600.000 euros de responsabilidad civil.

Las dos monitoras, que tenían a su cargo a menores de 5 a 9 años, también fueron advertidas del miedo al agua del pequeño, lo que no impidió que realizara la actividad de piscina, con otros 17 niños. El 25 de julio de 2017, día en que se produjo el ahogamiento, el quinto del campus, sobre las 15.20 horas las monitoras, pese a que conocían que se podía acceder fácilmente del vaso infantil al vaso recreativo y que otros menores corrían alrededor de la piscina, permanecieron sentadas durante diez minutos en hamacas sin tomar precaución alguna. En ese intervalo, una de las menores alertó de que había un compañero en el fondo de la piscina, momento en que la directora lo sacó al exterior y, seguidamente, las monitoras comenzaron a realizarle técnicas de reanimación.

De esta forma, según la fiscalía, se incumplía la normativa que regula las actividades juveniles de aire libre en Asturias, donde es necesario un monitor de tiempo libre por cada diez participantes. Además, el Ministerio Público sostiene que la directora tampoco ordenó la señalización de la profundidad de la piscina, tanto máxima de 1,80 metros como mínima de casi 1,30 cuando el menor medía 1,20, ni contrató a un socorrista para la piscina, que carecía de licencia de apertura, como adelantó en su momento este diario, ni solicitó autorización al Instituto Asturiano de la Juventud para el desarrollo de actividades de aire libre.

La entidad responsable de la instalación no tenía concertado seguro de responsabilidad civil y había otorgado un poder notarial a favor de la directora, que era además socia, siempre según el relato del Ministerio Fiscal. La Fiscalía interesa que las acusadas indemnicen a los padres del menor, que sufrieron una reacción mixta de ansiedad y depresión, con 250.000 euros por daños morales, más 10.800 euros a cada uno de ellos por las lesiones y 6.000 a cada uno por las secuelas, de las que respondería como responsable civil directa la entidad propietaria de las instalaciones.