La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado, por desestimación del recurso impuesto contra la misma por el Ayuntamiento de Avilés, la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Avilés relativa al reconocimiento del carácter indefinido del contrato de trabajo laboral de un conserje municipal que llevaba 18 años en situación de interino.

Según el sindicato USIPA, que representó al trabajador, el conserje fue contratado en enero de 2003 con un contrato interino hasta que se cubriera la plaza mediante concurso. Pero a lo largo de los años, casi veinte, no se ha cubierto dicha plaza, por lo que el Juzgado estimó fraude en la contratación temporal realizada por el Ayuntamiento de Avilés.

“En esa situación puede que haya más de ochenta empleados, y el concejal de Personal mira hacia otro lado, demostrando su incapacidad para solucionar un grave problema de gestión de personal y de la vida de personas concretas. Desde USIPA pedimos una reunión urgente con toda la Corporación para solucionar este grave problema de una vez por todas”, manifestó Manuel Mendoza, letrado y responsable local de USIPA.

La sentencia refleja que el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores establece, en materia de contratos de duración determinada, que la duración del contrato de interinidad será “la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo. En el supuesto de interinidad para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, la duración será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto, sin que pueda ser superior a tres meses, ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima”.