La Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Avilés, solicita una condena de 3 años de prisión para un conductor de ambulancias acusado de la muerte de una mujer de 75 años, a la que trasladaba sin haber anclado su silla de ruedas y que se cayó al suelo dentro del vehículo sanitario en marcha. La solicitud de condena incluiría la inhabilitación especial para conducir ambulancias durante 4 años. La vista oral está señalada mañana, jueves, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Avilés, a las 11.10 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, el día 30 de octubre de 2019 sobre las 14 horas, la víctima, de 75 años de edad y con múltiples patologías previas, salía, en la silla de ruedas que utilizaba para sus desplazamientos, de su tratamiento de diálisis en el Hospital San Agustín de Avilés. Fue recogida para llevarla a su domicilio, en Avilés, por una ambulancia conducida por el acusado, que introdujo a la mujer en el vehículo sin anclar la silla al suelo ni colocarle el cinturón de seguridad previsto para el transporte en silla de ruedas, infringiendo así las normas más elementales de diligencia y cuidado, así como el protocolo de actuación para el transporte de personas en sillas en ruedas.

Como consecuencia de lo anterior, y cuando el acusado circulaba aún por las vías de circunvalación del hospital, la mujer se cayó al suelo y quedó debajo de la silla. El acusado entonces la sentó nuevamente y la llevó a Urgencias, donde tuvo que quedar ingresada, ya que se fracturó ambos fémures.

Precisó tratamiento quirúrgico en dos ocasiones, el 28 de noviembre de 2019 para osteosíntesis de fémur derecho, y el 28 de enero de 2019 para amputación supracondílea de extremidad inferior izquierda. El evolutivo se complicó con infección de las heridas quirúrgicas y material de osteosíntesis, isquemia de ambas extremidades inferiores grado IV y, finalmente, sepsis. La paciente falleció el 14 de febrero de 2020. Conforme al informe del médico forense, existió una relación de causalidad entre la caída y el fallecimiento, aunque el estado anterior de la mujer influyó de manera significativa en la evolución y fatal desenlace.

La ambulancia era propiedad de una empresa en la que el acusado prestaba sus servicios desde 2006, con la categoría laboral de conductor de ambulancias, siendo instruido por la empresa convenientemente de los protocolos necesarios para el traslado y movilización de pacientes en sillas de ruedas.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito homicidio imprudente del artículo 142.1 párrafos 1º y 4º del Código Penal.

Y solicita que se condene al acusado a 3 años de prisión, inhabilitación especial del sufragio pasivo durante el tiempo de condena e inhabilitación especial para conducir ambulancias durante 4 años. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado, y como responsable civil directo y solidario la compañía de seguros, y responsable civil subsidiario la mercantil propietaria de la ambulancia, indemnice a las dos hijas de la fallecida con cantidades que suman más de 100.000 euros en total.