Avilés, el primer municipio asturiano que regula, dentro de sus competencias, la apertura de viviendas de uso turístico en cualquiera de sus formas, ha pasado de tramitar en 2016 seis certificados o solicitudes a los 155 pisos que tiene controlados ahora, aunque sabe que "hay muchos más que no están legalizados", aseguraron ayer las concejalas de Disciplina Urbanística, Sara Retuerto, y de Turismo, Raquel Ruiz. Ambas presentaron la nueva instrucción para regular el procedimiento de apertura de viviendas de uso turístico en el municipio, y reseñaron la necesidad de aplicar esta nueva regulación ante el incremento de visitantes y también de pisos dedicados a alojamientos, que están proliferando.
Los propietarios deberán tramitar una declaración responsable y tributar como cualquier otra actividad económica del concejo. Y no solo eso. No se podrán poner en el mercado este tipo de viviendas en cualquier lugar, sino que su implantación estará limitada a determinadas zonas y prohibida en los barrios. El objetivo es, por un lado, evitar en la medida de lo posible un incremento desaforado de los alquileres a la vez que lograr un turismo sostenible y compatible con los derechos de los avilesinos.
Las posibilidades de emplazamiento de estas actividades en la ciudad se adaptan en esta nueva instrucción a lo regulado en los usos y normas urbanísticas del Plan General de Ordenación (PGO) de Avilés, cambiando respecto a un uso residencial (vivienda). De esta manera, el Ayuntamiento no autorizará viviendas de uso vacacional y turístico en los barrios, "al no entenderse necesarias para el servicio de la población residente de la propia zona".
En zona de centro comercial de barrio e intermedia, como puede ser la calle La Cámara o las zonas de El Quirinal donde existen establecimientos comerciales, se permitirán con carácter excepcional las viviendas vacacionales, y las de las de uso turístico solo en las plantas bajas de los edificios colectivos de viviendas, sin crear polaridades especiales.
Y en el casco histórico de la ciudad, se permite la mezcla de usos en todas las plantas de los edificios; el establecimiento de las viviendas vacacionales se admite en todo caso, y el de las viviendas de uso turístico podrá existir en edificios colectivos siempre subordinándose a no interferir con el uso residencial, de manera que estas podrán emplazarse en las plantas bajas sin limitación, y en las plantas superiores de igual forma si tienen superficie construida inferior a 100 metros cuadrados construidos.
En el caso de suelo no urbanizable, únicamente podrán implantarse este tipo de viviendas en edificios existente y se regirán por las condiciones establecidas para el uso hotelero.
Las concejalas avilesinas también señalaron que desde el Ayuntamiento se solicitará al Gobierno del Principado que regule a nivel autonómico en esta materia, según sus competencias.