La Fiscalía del Principado de Asturias solicita cuatro años y nueve meses de prisión para una mujer que acuchilló por la espalda a su pareja en su casa, en la zona rural de Lena. Ella ya tenía prohibido acercarse a él por una sentencia previa dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción. Además, según fuentes de la investigación del caso –aunque el escrito de la Fiscalía no lo especifica–, en la vivienda había un menor de edad.

El escrito de acusación provisional del Ministerio Fiscal ya ha sido presentado en la sala encargada del procedimiento, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lena. El documento de la Fiscalía sostiene que, desde principios de octubre de 2020, “la acusada se trasladó a vivir al domicilio familiar, en Lena, con su pareja”. “Lo hizo a pesar de que conocía la pena de prohibición de aproximación a menos de 200 metros y prohibición de comunicarse con él, penas impuestas por un tiempo de 35 meses en virtud de sentencia de 11 de agosto de 2020 dictada en juicio rápido”, añade el Ministerio Fiscal.

Los hechos ocurrieron el 16 de noviembre, en torno a las once de la noche, dentro de la vivienda. La acusada, según el relato del Fiscal, “apuñaló sorpresivamente y por la espalda a su pareja, cuando ambos estaban en el dormitorio”. El arma no era baladí: se trata, según concluye el Fiscal, de un cuchillo de 33 centímetros. De los cuales, 21 centímetros son de hoja.

Afortunadamente, el apuñalamiento no afectó a ningún órgano vital. Según recoge la Fiscalía, “no penetró ni afectó a cavidad pleural, parénquima pulmonar, ni arterias intercostales ni al bazo”. Eso sí, como consecuencia de las heridas, la víctima sufrió lesiones de las que tardó en curar 36 días. “Le ha quedado como secuela una cicatriz en región dorsal izquierda”, matizaron desde la Fiscalía de Asturias.

La acusada cometió los hechos en estado de embriaguez y, además, padece un trastorno por consumo tóxico. La mujer está en prisión provisional por estos hechos desde el 18 de octubre de 2020, dos días después de que se produjera la presunta agresión. La víctima no reclama indemnización.

El escrito de Fiscalía, en cambio, es rotundo. Considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones –recogido en el artículo 148.1 del Código Penal– y de otro delito de quebrantamiento de condena –en el artículo 468.2–. “Concurre, en relación con el delito de lesiones, las circunstancias agravantes de alevosía, reincidencia y parentesco, y la circunstancia atenuante de embriaguez”, señalaron.

Petición

Por el delito de lesiones, la Fiscalía solicita los cuatro años de prisión. También inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, prohibición de aproximarse al hombre, a su domicilio, lugar de trabajo y “cualquiera sea el lugar donde éste se encuentre”, a menos de 200 metros. También el comunicarse con él, todo por un periodo de cinco años. Por el delito de quebrantamiento, pide nueve meses de prisión e inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena. Además, solicita el abono de las costas procesales y una indemnización para el SESPA (Servicio de Salud del Principado de Asturias) por la asistencia sanitaria, por un valor por determinar.