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Una clara incompatibilidad

Sobre los cargos directivos de José Ramón Cuetos Lobo

El día 20 de octubre de 2021 fue proclamado presidente de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias don José Ramón Cuetos Lobo, después de un proceso electoral que se inició el 14 de diciembre de 2020 y que, por distintas circunstancias, se alargó más de un año. Entiendo que no es el momento de analizar si las circunstancias que se alegaron tenían la suficiente consistencia normativa para que las mismas sirvieran para tal aplazamiento.

El artículo 18 de los estatutos de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias dice textualmente: “No podrán ocupar el puesto de presidente de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias ni formar parte de la junta directiva aquellas personas que directamente reciban beneficios como consecuencia de actividades relacionadas con el fútbol, ni quienes ocupen puestos en los comités de Justicia Deportiva o hayan formado parte de la comisión electoral, ni tampoco quienes formen parte de la junta directiva de otras federaciones de diferente modalidad deportiva”.

Si hacemos el ejercicio de consultar la página oficial de la Real Federación Española de Fútbol, en lo relacionado con los miembros de la junta directiva del comité de entrenadores, nos encontramos con que su presidente sigue siendo don José Ramón Cuetos Lobo, el mismo que fue proclamado presidente de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias el día 20 de octubre.

El artículo 18 de los estatutos de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias, señalados más arriba, establece que no podrán ocupar el puesto de presidente de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias “…aquellas personas que directamente reciban beneficios como consecuencia de actividades relacionadas con el fútbol…”.

Es evidente que, si el puesto de presidente de la junta directiva del comité de entrenadores de la Real Federación Española de Fútbol le reporta beneficios a José Ramón Cuetos Lobo, la incompatibilidad de cargos es total.

Algo de ello debe haber, toda vez que en las propuestas de modificaciones a los estatutos que se presentan para aprobar en la asamblea extraordinaria de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias, que se celebrará hoy lunes, se propone, entre otras, la modificación del artículo 18, anteriormente reseñado, de tal suerte que la incompatibilidad para “aquellas personas que directamente reciban beneficios como consecuencia de actividades relacionada con el fútbol” existirá, solo y exclusivamente referido a las actividades relacionadas con el fútbol del Principado de Asturias y, para ello, redactan el artículo 18 de la siguiente manera: “No podrán ocupar el puesto de presidente de la RFFPA, ni formar parte de su junta directiva aquellas personas que directamente reciban beneficios como consecuencia de actividades relacionadas con el fútbol del Principado de Asturias, ni quienes ocupen puestos en los comités de Justicia Deportiva o hayan formado parte de la comisión electoral, ni tampoco quienes formen parte de la junta directiva de otras federaciones de diferente modalidad deportiva” .

Con esta modificación, una vez que se apruebe, José Ramón Cuetos Lobo puede ocupar, en Madrid, la presidencia de la junta directiva del Comité de Entrenadores de la Federación Española.

No parece, si todo esto se confirma, muy presentable la situación, ya que pretender compatibilizar la presidencia de la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias con la presidencia de la junta directiva del Comité de Entrenadores de la Real Federación Española de Fútbol es despreciar a todo el fútbol regional de Asturias.

Esta es la opinión, salvo mejor criterio, de un abogado de pueblo, Vegadeo, sin acritud.

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