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Inspeccionadas empresas asturianas por sus ofertas de empleo solo en masculino

Trabajo vigila, a partir de anuncios, la no discriminación en el acceso a los puestos de trabajo | “Es una persecución”, claman empresarios

Hombres consultando ofertas de empleo

Ofertar trabajo a “un electricista”, sin incluir en el anuncio la posibilidad de que fuera una electricista, tuvo como resultado para una empresa asturiana una inspección de la autoridad laboral. Según apuntaron fuentes de organizaciones empresariales de la región, son varios los casos de empresas que se han encontrado con esa situación por utilizar exclusivamente el masculino en sus ofertas de empleo. “Es una persecución”, denunciaron.

Fuentes de Delegación del Gobierno en Asturias apuntaron ayer que está en marcha en la región “una campaña para vigilar la no discriminación en las empresas que entra en la programación anual de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social”. Y añadieron que controlar “las ofertas de empleo es una de las formas que tienen de detectar posibles incumplimientos en la Ley de Igualdad”. No obstante, desde Delegación del Gobierno en Asturias apuntaron que no tienen cifras actualizadas de esas actuaciones que fuentes empresariales calificaron ayer de “numerosas”.

Los casos

La última memoria anual de la Inspección de Trabajo, la correspondiente al año 2019, apunta que en España se llevaron a cabo en ese año 272 actuaciones vinculadas a la discriminación por razones de sexo en el acceso al empleo de las que surgieron 31 infracciones –con unas propuestas de sanciones de 244.527 euros– y 90 requerimientos.

Recientemente, un juzgado de lo Social de Toledo confirmó la sanción de 6.251 euros impuesta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a un empresa que publicó la siguiente oferta de trabajo: “Se precisan chicos jóvenes entre 25 y 30 años para trabajar como comercial de agencia inmobiliaria”. En este caso el juez entendió que la publicación vulneraba el derecho de las personas trabajadoras a no ser discriminadas para el empleo por razones de sexo y edad.

La regla general es que las ofertas de empleo deben ser neutras para que todas las personas tengan la oportunidad de concurrir al puesto de trabajo con independencia de su sexo. No obstante, la propia Ley de igualdad efectiva de hombres y mujeres establece excepciones. Así señala que “no constituirá discriminación en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado”. Sin embargo, los expertos señalan que no es fácil distinguir esas situaciones.

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