R. GARCÍA

Javier M. A. ingresó ayer de nuevo en prisión. El tribunal de la Sección Octava de la Audiencia le ha condenado a 15 años y nueve meses de cárcel por el homicidio de María Sonia Reinaldo. Tras la vista oral del juicio, el magistrado Bernardo Donapetry, presidente de la sala, cree probado que Javier M. A., toxicómano, fue quién mató a María Sonia Reinaldo, después de maltratarla durante años, y luego llevó su cuerpo a una finca del barrio de Cenero para esconderlo y calcinarlo de manera que nadie pudiera reconocerlo.

En la sentencia, dictada y ejecutada ayer, se recogen los agravantes de parentesco (el culpable y la víctima eran pareja) y el de abuso de superioridad. El acusado vuelve por tanto a la cárcel, de donde salió cuando caducó su prisión provisional, el 7 de junio de 2005. La sentencia también le obliga a pagar 60.000 euros en concepto de responsabilidad civil a los padres de la víctima.

El tribunal cree probados todos los hechos de los que se acusaba a Javier M. A., de 39 años, natural de Burgos y con antecedentes penales por resistencia y amenazas. La sentencia del caso comienza el relato de los hechos destacando que el acusado, «a lo largo de su relación con María Sonia Reinaldo, la agredió en reiteradas ocasiones, diciéndole a Sonia que si lo denunciaba la iba a matar». Se concretan tres agresiones: en febrero de 2001, en octubre de 2002 y en abril de 2003. La primera tuvo como consecuencia el ingreso de la víctima en el Hospital de Jove por heridas de arma blanca. María Sonia Reinaldo nunca se atrevió a denunciar.

En la sentencia dictada por la sala se habla de la relación convivencia tortuosa que mantenían María Sonia Reinaldo y Javier M. en la pensión en la que vivía en la calle Magnus Blikstad, un lugar en el que «eran frecuentes las riñas y discusiones». La relación sentimental de ambos acabó muy mal: «La noche del 20 al 21 de mayo de 2003 Javier golpeó, con intención de matarla, a Sonia en la cabeza, en el tórax y en las extremidades hasta que la mató, siendo la causa de la muerte shock traumático debido a un politraumatismo». Ahí no acabó la historia de aquella noche. Después, Javier M. A. llevó el cuerpo de Sonia en un coche, en el que se encontraron los pelos de ella, y lo dejó -calcinado- cerca de la finca de su hermano en Cenero. El cadáver «fue descubierto por una señora que paseaba por el lugar sobre las 18.40 del 1 de junio de 2003».

El tribunal decidió, además, desestimar la mayor parte de las alegaciones que presentó la defensa del acusado. No ha admitido su protesta con respecto a la declaración de la abogada que asesoró a María Sonia sobre su maltrato (que Herrero calificó como una violación del secreto profesional) ni la de las declaraciones de la familia de la víctima. Tampoco la «relativa a la prescripción del delito de maltrato habitual», ya que es un delito que trajo como consecuencia el homicidio. El letrado pedía la libre absolución de su cliente. Lo que sí consiguió Herrero es que se aprecie el atenuante de dilación indebida por la duración del proceso judicial.

El juez que dicta la sentencia califica los hechos de «homicidio y no asesinato por alevosía porque no está probado si el acusado premeditó la muerte de Sonia y preparó la situación». Sin embargo, no acepta el atenuante de toxicomanía, ya que el acusado no había visto sus facultades alteradas en el momento de matar a la víctima. No había tomado ninguna sustancia que le impulsase a hacerlo.