M. C.

Borracho como una cuba, al volante y con bebidas alcohólicas en el interior del coche. ¿Condena segura? Pues no, porque los agentes de la Policía Local que le hicieron soplar le acababan de ordenar que moviera el coche del lugar donde lo tenía mal aparcado. Provocaron el delito, según una sentencia del Juzgado de lo penal número tres de Gijón.

Los hechos tuvieron lugar el domingo 31 de mayo, a las seis de la madrugada, en Fomento. El joven conductor, de 18 años, y dos amigos acababan de guardar en su vehículo varias botellas que les habían sobrado tras haber participado en un «botellón» en el Cerro Santa Catalina. El coche era uno de los que ocupaban una parada de los autobuses urbanos.

Una patrulla de la Policía Local pasó por el lugar y preguntó de quién era el coche, ordenándole al conductor que lo retirara. A los pocos minutos volvieron al lugar e insistieron. El joven, ante el temor a que le denunciaran por desobediencia a la autoridad, se puso al volante para trasladar el vehículo hasta un aparcamiento cercano, en la zona azul, que había quedado libre. Cuando había circulado cinco metros, los agentes de la Policía Local le dieron el alto para hacerle la prueba de alcoholemia.

Los policías reflejaron en el atestado que se habían encontrado al joven estacionado en doble fila con el motor en marcha y que al darle las luces para que retirara el vehículo, comenzó a circular en zigzag y muy lentamente. El atestado hablaba de «síntomas ostensibles» de embriaguez. En el juicio, interrogados por el abogado defensor, Rafael González González, cambiaron su versión de los hechos y reconocieron que el joven estaba fuera del vehículo y que ellos le pidieron que lo cambiara de lugar. Los agentes policiales alegaron que cuando le dieron esa orden no notaron que estaba ebrio, algo que pone en duda la sentencia judicial. Los agentes sí dijeron que cuando salió del coche «olía a alcohol», estaba «con los ojos rojos, acuosos y que balbuceaba».

En las dos pruebas de alcoholemia que le practicaron, arrojó unos resultados de 0,79 y 0,82 miligramos de alcohol por litro de aire respirado, lo que supera el límite para considerar la conducción en esas condiciones una infracción penal.

La sentencia señala que existe una «falta de legitimidad para juzgar un hecho delictivo creado por las propias autoridades», por lo que el «delito provocado» por un «agente provocador» conlleva a que la infracción deba quedar impune, «ya que es el representante de la autoridad el que quiso que la norma penal fuese conculcada y su actuación fue esencial, determinante y decisiva para ello». La sentencia añade que «la actuación policial ha de ser conforme a la Constitución y a la ley y no puede, por tanto, utilizar en el desempleo de esas actividades medios ilícitos o reprochables».

La sentencia será notificada a la jefatura de la Policía Local, cuyo jefe es Alejandro Martínez Gallo.

Mal aparcado

Policías locales ordenan a un joven que retire su coche, mal aparcado en una parada de autobús de Fomento, a las seis de la madrugada de un domingo. El joven se encontraba con «síntomas ostensibles» de embriaguez, después de haber estado bebiendo en el Cerro con unos amigos.

Sanción

Los agentes detienen al joven cuando procedía a retirar el vehículo por conducir bajo los efectos del alcohol.

Absolución

La juez considera que el delito fue provocado por los agentes, por lo que no cabe condena.