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Tráfico obligará a circular a 30 km/h en vías urbanas, igual que el Plan de Movilidad de Gijón

La DGT prepara un real decreto que incluye medidas idénticas al documento municipal, como exigir un certificado de circulación a los patinetes eléctricos

Un joven utiliza un vehículo de movilidad personal en Gijón. MARCOS LEÓN

La Dirección General de Tráfico se encuentra inmersa en la redacción de un proyecto de real decreto en el que se incluirían modificaciones normativas de obligado cumplimiento que van a afectar a las medidas urbanas de tráfico. Entre ellas se encuentran algunas de las medidas incluidas en el Plan de Movilidad Sostenible y Segura (PIMSS) de Gijón que más polémica levantaron en su día, como reducir el límite genérico de circulación en vía urbana a 30 kilómetros por hora.

El documento, que ha sido enviado a la Federación Española de Municipios y Provincias para su valoración, viene a modificar el artículo 50 del Reglamento General de Circulación, así como el Reglamento General de Vehículos de Movilidad Personal, como los patinetes eléctricos. El texto recoge que "el vehículo a motor ya no es el protagonista y ha dado paso a un uso compartido de la vía, donde motocicletas, bicicletas, vehículos de movilidad personal y peatones cobran cada día más importancia".

Por este motivo, el real decreto se marca un objetivo esencial: "la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano". Durante el 2017 -última cifra oficial conocida- fallecieron en las ciudades españolas, debido a accidentes de tráfico, 509 personas. De ellas, un 80% pertenecía al colectivo de "vulnerables", que incluye a peatones, ciclistas o motociclistas.

"La experiencia demuestra que la reducción de la velocidad tiene un efecto directo en la reducción de la siniestralidad sin suponer una mayor ralentización del tráfico", recoge el proyecto, que incide en que "los vehículos a motor, en sus desplazamientos en los centros urbanos, no superan velocidades medias de 20 kilómetros por hora". Además, especifica que el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello se reduce cinco veces si la velocidad es de 30 kilómetros por hora en vez de los actuales 50.

Con todo, el real decreto rebaja el límite de circulación genérico en vía urbana de 50 a 30 kilómetros por hora para aquellas calles que cuentan con un solo carril por sentido de circulación. Sí se mantiene la velocidad actual para las grandes avenidas, con vías de dos o más carriles por sentido de circulación -sin contar aquellos reservados para la circulación de determinados usuarios o el transporte público- para "mantener la fluidez en estos desplazamientos".

La otra gran modificación que se incluye en el proyecto de real decreto tiene que ver con los vehículos de movilidad personal y ciclos de pedaleo asistido -patinetes y bicicletas eléctricas, esencialmente-. Respecto a estas nuevas formas de movilidad se explicita que "su rápida proliferación exige la aplicación de las normas de circulación del resto de vehículos". Del mismo modo, se obliga a su "categorización técnica en el reglamento general de vehículos para diferenciarlos claramente de ciclomotores y motocicletas y evitar disfunciones derivadas del desconocimiento de las características técnicas del vehículo".

Por ello, se propone la modificación del reglamento general de vehículos con la intención de crear "un marco normativo ágil y flexible, mediante un manual de características técnicas" para de este modo "garantizar la seguridad vial y la convivencia ordenada y respetuosa con los peatones y los distintos medios de transporte".

Para asegurar el correcto cumplimiento de estas medidas, los vehículos de movilidad personal y ciclos de pedaleo asistido requerirán para poder circular el certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles, según recoge el documento. Por el contrario, se prohíbe que estos vehículos puedan circular por vías interurbanas.

Además, se ofrece una descripción de estos vehículos de movilidad personal, para diferenciarlos de cualquier otro. Se trata de "vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, pudiendo alcanzar una velocidad de entre 6 y 25 kilómetros por hora".

El plan, más necesario

Para Manuel Cañete, presidente del Foro de la Movilidad, organismo encargado de la redacción del PIMSS, la aprobación del documento es "más necesaria que nunca, para adelantarnos a unas medidas que van a ser obligatorias" cuando se apruebe el real decreto. Un texto que, enfatiza Cañete, "nos da la razón con las medidas que algunos decían que eran imposibles de imponer, mientras otros se reían".

Cañete sigue insistiendo, al igual que hace el real decreto, en que "los espacios urbanos han de ser preeminentemente para el peatón. El vehículo privado ya no es el protagonista, ahora lo es el peatón y su seguridad". Por ello, el presidente del foro local asegura que "no se entiende que el Plan de Movilidad no esté aprobado. Hay que planificar la movilidad de Gijón mirando al futuro, no a las urnas".

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