La Fiscalía de Área de Gijón considera que debe inmunizarse contra la covid-19 a un adolescente de 14 años cuyos padres no se ponen de acuerdo sobre la conveniencia de inocular la vacuna al menor. Así lo ha reflejado la Fiscalía de Área en un informe enviado al Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Gijón, al que acudieron los progenitores ante la discrepancia existente entre ambos sobre si era oportuno vacunar a su hijo en estos momentos de la crisis sanitaria o, si por el contrario, era conveniente esperar a que hubiera más información sobre las posibles consecuencias que pudiera tener la vacuna para su salud para tomar esa decisión. El Juzgado, en su auto, concede la facultad de decisión al progenitor partidario de la vacunación.

La Fiscalía de Área considera que, ante el desacuerdo entre ambos progenitores, que plantearon ante el Juzgado una discrepancia en el ejercicio de la patria potestad, debe vacunarse al menor atendiendo a las recomendaciones sanitarias y al propio interés del menor, incluido su entorno familiar y escolar. En este caso concreto, el progenitor reticente a poner la vacuna al menor alegó que, “a día de hoy, no están claras las consecuencias que pudiera tener la vacuna para su salud (del adolescente)”, razón por la que planteó que el asunto debía ser “meditado y debatido”, y no abordarlo “a la ligera”. Lo que propuso no es tanto que no se vacune a su hijo, sino que se suspenda la vacunación a expensas de que se aclare si esta va a tener o no consecuencias negativas.

El Ministerio Fiscal considera que las razones esgrimidas para suspender la vacunación carecen de toda justificación. Entiende que la indicación de la vacuna ha sido establecida por las autoridades sanitarias en beneficio de la sociedad y carece de fundamento el sostener que se desconoce el beneficio que proporciona su inoculación. Pretender que se desautorice judicialmente el juicio científico de las autoridades sanitarias, que la considera segura y eficaz (como lo fueron vacunas anteriores: rubeola, poliomielitis, sarampión, etc.), carece de fundamento. "La falta de colaboración para lograr estos objetivos de salud pública supone un verdadero desajuste en el ejercicio de la patria potestad, que interfiere de forma absolutamente injustificada en el beneficio e interés del menor", dice Fiscalía.