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Controversias surgidas por el fenómeno "okupa"

La diferencia entre el delito de allanamiento de morada y el de usurpación y el incumplimiento de la legalidad

En un artículo previo, comentaba que el fenómeno "okupa" debía ser legalmente atajado para evitar que la actual inquietud ciudadana degenerase en alarma social. Sin embargo, valorando la raíz del fenómeno, surgen dudas sobre si el problema radica en la legalidad vigente o su incumplimiento posterior. Me explico.

En primer lugar, la ley distingue el delito de allanamiento de morada de la usurpación, según el inmueble esté habitado o no. Interpretando el artículo 202 del Código Penal, el profesor De la Mata, Catedrático de Derecho Penal define el término morada como: "lugar donde se desarrolla la vida privada; prescindiendo de si es primera-segunda vivienda y el tiempo que el propietario permanezca ausente de ella".

En segundo lugar, en el allanamiento, existe delito flagrante mientras el intruso persista en la morada. Por lo tanto, no hay plazo de desalojo policial sin orden judicial, bastando con la denuncia del propietario.

En tercer lugar, en la usurpación, el bien jurídico protegido es el derecho a propiedad. Consiguientemente, parece contradictorio que, quien ocupe un inmueble deshabitado se convierta "extralegalmente" en su morador y, tras expulsarlo mediante orden judicial, afronte penas simbólicas.

En cuarto lugar, resulta innegable que, debido a la pandemia del covid-19, la ocupación de viviendas se ha incrementado notablemente y que algunos medios de comunicación divulgan intensivamente este fenómeno, fomentando presunta alarma social.

¿Quién se beneficia con este "bombardeo" informativo? Evidentemente, las empresas dedicadas al sector de seguridad; donde, según medios periodísticos, destaca la familia March. Así, la demanda de alarmas ha registrado incrementos exponenciales y, según un portavoz del sector, España es el cuarto país del mundo con más alarmas en sus miles de viviendas vacías. De lo dicho se deduce que el fenómeno "okupa" implica tres niveles:

a) El colectivo de intrusos integrado por profesionales antisistema y algunas personas desfavorecidas.

b) Mafias intermedias que controlan y financian esa "fuerza de choque".

c) Una élite ciudadana que, sin presunta relación con las anteriores, aprovechan esta coyuntura "moviendo hilos" para lograr lucrativos beneficios o, quizás, rentabilidad en políticas progresistas.

Ante semejante panorama, durante la apertura del año judicial, la Fiscal General del Estado anunció nuevas medidas para controlar dicho fenómeno delictivo, asociadas a propuestas concretas de actuación policial (dependientes del Ministerio del Interior).

En definitiva, salvo precisar endurecer las penas al usurpador, creo que la legalidad vigente frente al fenómeno "okupa" parece adecuada. Sin embargo, la "coyuntura política" actual podría haber estado primando políticas sociales (de tinte solidario) sobre el cumplimiento de dicha legalidad.

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