No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que va delante nuestro es motivo de multa. En concreto, la sanción es de 200 euros y pérdida de cuatro puntos del carné de conducir. Si quieres evitar que te sancionen por esta infracción, toma nota de este truco.

Cuando hablamos de distancia de seguridad nos referimos a aquella que hay entre vehículos que permite detenernos en caso de frenado brusco sin golpear al coche que nos precede. Para calcularla hay que tener en cuenta la velocidad y las condiciones de frenado adherencia en la carretera

Para saber cuál es la distancia adecuada que hay que mantener, la DGT nos explica una sencilla operación matemática que denomina la ‘regla del cuadrado’. Consiste en eliminar la última cifra de la velocidad a la que se circula y multiplicar el número que queda por sí mismo. El número resultante será la distancia que se debe mantener en metros.

Así, si vamos a de 90 km/h, la distancia mínima de seguridad será 81 metros (9×9). Otro ejemplo: a velocidad de 120 km/h, 144 metros (12×12).

La DGT alerta de que este truco solo se aplica en “carreteras secas”. En “carreteras mojadas”, la distancia debe ser el doble.

Lo que tienes que hacer cuándo recibas la carta de la DGT

Otro de los motivos de sanción puede ser por el simple despiste de los conductores a la hora de renovar permisos que ya han caducado. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), entre el 10 y el 15% de los conductores circulan con su coche con el carné de conducir sin renovar. Es por ello, que con el fin de evitar que los conductores puedan ser sancionados por este despiste y que no haya ninguna duda de cómo y cuándo llevar a cabo la tramitación de renovación del carné de conducir, la Dirección General de Tráfico ha decidido que enviará a los conductores una carta para informar de que su permiso de circulación está a punto de caducar (en este enlace te hablábamos de que la DGT no endurecerá la obtención del carné de conducir a corto plazo).