Oviedo sancionará conductas «incívicas» en la calle, como escupir o beber alcohol
El Ayuntamiento prepara una ordenanza con la que se quiere evitar el alivio de necesidades fisiológicas, la mendicidad o comportamientos xenófobos

Pintadas y basura en el Postigo, en una imagen de archivo. / luisma murias
Marta PÉREZ
Oviedo contará con una ordenanza reguladora de la convivencia ciudadana que velará por el «civismo» en los espacios públicos de la ciudad. Así, el consumo en la vía pública de bebidas alcohólicas, las apuestas callejeras, los comportamientos racistas, la mendicidad, y el alivio de necesidades fisiológicas, como orinar o escupir en la calle, serán conductas sancionables. La ordenanza está siendo redactada por el área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento, que ha tomado como modelo la normativa de convivencia que desde 2005 rige en el Ayuntamiento de Barcelona.
La concejala de Seguridad Ciudadana en el Ayuntamiento de Oviedo, Conchita García, considera que la normativa «nos va a resultar de mucha ayuda», puesto que «lo va a regular todo». «Todo está inventado, nos guiamos por modelos de otros ayuntamientos que ya disponen de esta ordenanza, como el de Barcelona», sostiene la concejala. En la actualidad, el texto que vigilará la preservación del espacio público como lugar de convivencia y civismo está pendiente de trámites administrativos y del informe favorable de la secretaría municipal.
La ordenanza municipal actuará dentro del ámbito de competencias de que dispone el Ayuntamiento de Oviedo con el fin de evitar conductas que puedan perturbar la convivencia, así como para evitar cualquier comportamiento grosero en la vía pública. Para ello, la normativa establecerá una serie de sanciones e intervenciones específicas correspondientes a cada una de las infracciones tipificadas en el texto. En el caso de Barcelona, las multas pueden llegar hasta los 3.000 euros, dependiendo de la calificación de la infracción, que puede ser considerada como «muy grave». El Ayuntamiento de Oviedo, con la normativa en proceso de tramitación, aún no ha definido la cuantía de las sanciones que aplicará por la comisión de infracciones descritas en la ordenanza para velar por la convivencia ciudadana.
Este tipo de ordenanzas, frecuentes en la mayoría de las capitales de provincia, prohíben, por ejemplo, la realización de cualquier tipo de gráfico, pintada o garabato en los espacios públicos. La colocación de carteles, vallas, rótulos o pancartas fuera de los lugares expresamente habilitados por la autoridad municipal también puede ser motivo de sanción. Las ordenanzas de regulación de la convivencia ciudadana también censuran la práctica de juegos que impliquen apuestas con dinero o bienes en los espacios públicos, salvo una autorización específica.
La práctica de la mendicidad es otra de las conductas que regulan las normativas de convivencia ciudadana, en el caso de que éstas representen actitudes coactivas o de acoso para los ciudadanos. La utilización de las calles para el ofrecimiento o la demanda de servicios sexuales también son objeto de sanción. Otra de las prácticas que coincide en sancionar este tipo de normativas es el alivio de las necesidades fisiológicas, tales como orinar, defecar e incluso escupir en la calle. Una meada o un escupitajo en Barcelona le puede costar al ciudadano entre 300 euros y 1.500 euros, dependiendo de la calificación de la conducta como grave o muy grave.
El consumo de bebidas alcohólicas, el comercio ambulante no autorizado de alimentos, bebidas u otros productos, las actitudes vandálicas en el uso del mobiliario urbano, o la acampada en la vía pública también quedarán perfectamente reguladas en el ámbito municipal con la aprobación de la normativa, para la que aún no hay una fecha de entrada en vigor.
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