L. S. NAVEROS

El Gobierno regional se plantea renunciar a la operación planteada para unificar las sedes judiciales en el Palacio de Justicia del Vasco, ante las pegas que ha puesto la Unión Europea tras una denuncia de IU-Los Verdes, por vulnerar supuestamente los preceptos de libre concurrencia en los contratos públicos de obras. El Principado no descarta anular la operación tal como está planteada actualmente, y volver a retomar el proyecto desde cero, «en esa u otra ubicación», según confirmaron fuentes cercanas.

Entre tanto, el proyecto continúa paralizado, ya que el Gobierno del Principado se resiste a prestar algún tipo de aval o a firmar un contrato de arrendamiento que permita impulsar la operación, por la que la empresa Jovellanos XXI, propietaria de la parcela, construiría el Palacio de Justicia y, posteriormente, se lo arrendaría al Gobierno regional durante 30 años, con opción a compra.

Las reticencias del Principado podrían quedar superadas tras una reciente sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de Luxemburgo, que avala las tesis del catedrático de Derecho Administrativo Raúl Bocanegra de que el Gobierno regional no estaba obligado a convocar un concurso público, porque no es propietario de la parcela.

En su sentencia, del 25 de marzo, el Tribunal Europeo contesta a una pregunta de un tribunal alemán, que debe decidir si se vulneró la legalidad al adjudicar un proyecto de desarrollo urbano a una empresa en la ciudad alemana de Wildeshausen, sobre unos terrenos de propiedad privada, que habían pertenecido a un antiguo cuartel. El Tribunal Europeo contesta a la pregunta de «si debe entenderse que no existe una concesión de obras públicas cuando el único operador al que puede atribuirse la concesión ya es propietario del solar en que se va a edificar». El Tribunal considera que «el propietario de un terreno tiene derecho a explotarlo respetando la normativa aplicable. Mientras un operador disfrute del derecho a explotar el terreno del que es propietario, queda excluida, en principio, cualquier posible concesión por parte de los poderes públicos». Es decir, al tratarse de un terreno privado, no cabe hacer un concurso de concesión o de contrato de obra pública, la misma teoría que mantiene el catedrático de Derecho Administrativo Raúl Bocanegra, en un dictamen sobre la operación elaborado por encargo de la empresa Jovellanos XXI, propietaria de la parcela.

Esta sentencia se contrapone a la de Colonia, donde se condenó al Gobierno alemán a pagar una multa por contratar de forma directa la construcción de unos pabellones feriales en un solar público.