Pablo GONZÁLEZ

Una vecina del municipio de Oviedo de origen mierense y su novio han sido condenados a un total de nueve años de prisión -seis años la mujer, tres años el hombre- por agredir sexualmente a la hija de la primera, que en el momento de los hechos era menor de edad. T., de 53 años, obligó a la menor a exhibirse ante la web cam para contentar los deseos de su novio, P., un naveto de 51 años. Entre otras cosas, la mujer, que está viuda, trató de desvirgar a su hija con un tampón para que luego su novio pudiera mantener relaciones sexuales con ella.

Los hechos -tipificados en la sentencia de la Sección Segunda la Audiencia Provincial como un delito de agresión sexual en grado de tentativa con el agravante de parentesco- se produjeron entre el último trimestre del año 2010 y principios de 2011 en la casa que madre e hija compartían en el concejo de Oviedo. Pero el suceso comenzó a gestarse a comienzos de 2010. Fue por estas fechas cuando T. y P. se conocieron a través de internet e iniciaron lo que en el auto se define como «una relación de afectividad».

Seis o siete meses después del inicio de la relación, la mujer cedió a las reiteradas peticiones de su novio de que le mostrara a su hija -que en aquel tiempo tenía unos 17 años- a través de la cámara web del ordenador. La madre convenció varias veces a su hija para que se desnudara ante el ordenador para satisfacer, según la sentencia, «los deseos de carácter sexual» de su novio respecto a la menor. T. consiguió finalmente la colaboración de su hija alegando que estaban haciendo fotografías para un calendario.

En otra ocasión, concretamente a finales de 2010, la mujer, siguiendo las instrucciones que le daba su novio a través del ordenador, despojó a su hija de la ropa a pesar de que ésta se resistió, aunque desconocía que la webcam estuviera encendida. Para lograr que se desnudara, la madre golpeó a su hija en varias ocasiones. Mientras, la mujer trataba de penetrar vía vaginal a su hija con un tampón. Al parecer no lo consiguió por la fuerte resistencia que opuso la menor, que finalmente pudo huir.

La intención de la madre, siempre guiada por el hombre a través de la pantalla del ordenador, era desflorar a la adolescente para que luego su novio mantuviera, según la sentencia, «relaciones sexuales íntimas y plenas con la menor». En un momento de la relación entre T. y P. la adolescente llegó a vivir temporalmente en casa del hombre.

La pareja aceptó llegar a un acuerdo con el ministerio fiscal para evitar la celebración de la vista. Con motivo del acuerdo, ambos reconocieron los hechos ante el tribunal.

De esta forma, la madre ha sido condenada por un delito de agresión sexual en grado de tentativa, con el agravante de parentesco, a seis años de cárcel. Además, se le ha impuesto una orden de alejamiento que la obligará estar alejada de su hija no menos de 500 metros (ya sea de su lugar de residencia o de trabajo) y no podrá comunicarse con ella por ningún medio verbal o escrito. En este caso la pena es de siete años.

El hombre ha sido condenado por el mismo delito, aunque en su caso no existe agravante de parentesco. Por eso la condena para él es de tres años de cárcel. También pesa sobre él una orden de alejamiento de 500 metros de la víctima, que tendrá una duración de cuatro años. Además, ambos condenados tendrán que pagar de forma solidaria 6.000 euros a la víctima en concepto de indemnización.

La pareja se encuentra en prisión preventiva desde marzo de 2011. La Audiencia, a la vista de la sentencia, ha ordenado mantener la situación de prisión preventiva para ambos. Podrán restar este tipo de la condena impuesta.