El "caso Botía" registra novedades. La sala de lo civil del Tribunal Supremo acordó este mes admitir a trámite el recurso de casación presentado por el Sporting contra la sentencia que le obligaba a pagar al Barcelona 1.250.000 euros, correspondientes al 50% de los 2,5 millones en los que el Sporting traspasó a Botía al Sevilla en el verano de 2012, tras el descenso rojiblanco a Segunda División. LA NUEVA ESPAÑA ha tenido acceso al documento en el que se le da de plazo hasta principios de enero al club azulgrana para formalizar su oposición al recurso, que puede abrir un nuevo horizonte sobre la posibilidad de que el Sporting se ahorre este pago.

El Sporting avanza en su batalla por defender su manera de actuar durante el traspaso de Alberto Botía. Todo comenzó en 2009-10, con la llegada del jugador, en calidad de cedido, al conjunto rojiblanco. Al término de esta campaña el Sporting logró hacerse con el futbolista en propiedad, después de que el Barcelona le diese la carta de libertad a coste cero. Botía firmó un acuerdo por cuatro temporadas. A cambio, el Barcelona se reservó una opción de recompra cuyo valor aumentaba cada temporada en la que el defensa, actualmente en el Olimpiacos griego, pasaba en Gijón. Esas opciones de recompra tenían una fecha límite para su ejecución cada año. El conjunto azulgrana también se aseguraba un 30% de un posible traspaso a un tercer equipo. La venta del murciano al Sevilla se produjo en 2012 y provocó la reacción del Barcelona, que denunció el caso en el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Barcelona. El club culé reclamó el 100% del traspaso por el incumplimiento de contrato del Sporting. La sentencia reflejó el contrato y condenó al Sporting a partir el 30% del traspaso (750.000 euros), lo que reflejaba el contrato. Ambos clubes recurrieron este fallo a la Audiencia Provincial de Barcelona.

La Audiencia de Barcelona reconoció que el contrato no estaba claro, entendiendo que aunque el Sporting cumplió con la literalidad del contrato, la cláusula en la que basa su defensa es contraria al espíritu del resto del contrato y del resto de cláusulas. Condenó al Sporting, por tanto, porque entendió que se vulneró el derecho del Barcelona a poder recomprar al futbolista durante las tres temporadas contenidas en el acuerdo que tenía. El Sporting dio el paso de elevar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en el que ha estado representando por Fernando Ruiz de Velasco Martínez de Ercilla. El Barcelona, por su parte, lo ha hecho a través de Pablo Sorribes Calle. El de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la ley, situación en la que se apoya el Sporting para defender sus derechos por el "caso Botía".