La Iglesia de Asturias ha abierto la puerta a hombres casados que decidan trabajar en sus parroquias como diáconos permanentes, una figura que nació en el cristianismo primitivo y que desapareció hacia el siglo VIII, hasta que fue recuperada por el Concilio Vaticano II (1962-1965).

Un diácono permanente puede celebrar bautizos, bodas y exequias, además de predicar las homilías dominicales o bendecir a personas y cosas. Desde su ordenación forma parte de la jerarquía eclesiástica, junto con el obispo y los sacerdotes, pero a diferencia de estos últimos sí puede militar en partidos políticos y sindicatos, o ejercer cargos públicos de representación (según el Código de Derecho Canónico de 1983, aunque más tarde la Conferencia Episcopal Española les impuso «permanecer al margen de toda actividad política o de partido y solamente con permiso del obispo pueden desarrollar algún tipo de actividad sindical»).

No obstante, la actividad preeminente del diácono, según las normas de la Iglesia, es la de atender las cuestiones sociales y asistenciales de la parroquia, en el área de Caritas o similares. Esa era la función de los antiguos diáconos, que por encargo de los Apóstoles atendían a «los huérfanos y a las viudas» de las comunidades cristianas, así como a los enfermos o necesitados.

El nombre de diácono permanente se refiere a que su nueva situación será de por vida, ya que el sacramento del orden, como los demás, es indeleble. Por otra parte, el diácono permanente se diferencia del diácono transitorio, que es el que posteriormente recibirá el orden sacerdotal.

Dos asturianos, uno de Gijón y otro de Avilés -a los que podría sumarse en breve otro de Oviedo-, se hallan en este camino y han cursado el año pasado un primer año de Teología en el Instituto de Ciencias Religiosas «San Melchor de Quirós», del Seminario de Oviedo. La formación de un diácono permanente incluye un periodo propedéutico, o de preparación básica, y tres años de estudios teológicos. Antes de todo ello, el candidato ha de consultarlo con su comunidad parroquial y solicitar su admisión mediante carta al obispo.

El Código de Derecho Canónico y otras normas complementarias establecen que puede ser diácono permanente una persona casada mayor de 35 años y con cinco de matrimonio. En ese caso es necesario el consentimiento de su esposa y, si tiene hijos mayores, se recomienda que sean consultados. De la esposa de un diácono se espera que colabore con su marido en las tareas eclesiales. Si un diácono casado enviuda, no puede volver a contraer matrimonio, pero sí puede optar a ser sacerdote. El mismo Código contempla que el aspirante también puede ser un joven no casado mayor de 25 años, al que se le exigirá celibato tras la ordenación diaconal.

En el caso de que un diácono se dedique plenamente a su labor eclesial «merece una retribución tal que pueda sostenerse a sí mismo y a su familia», pero si ejerce una profesión o está jubilado «debe proveer a sus propias necesidades y a las de su familia». Al recibir la ordenación diaconal la persona queda incorporada jurídicamente a la Iglesia, a su jerarquía, y bajo la disciplina del obispo.

En el caso de Asturias, hace unos 25 años que el arzobispado redactó un estatuto del diácono permanente, pero no se puso en práctica, aunque el arzobispo Jesús Sanz Montes ha decidido recuperarlo. En España hay en la actualidad unos 400 diáconos en 40 de las 78 diócesis (el número total de curas es de unos 18.000 para 22.700 parroquias). En el mundo, según el Anuario Pontificio, había 41.000 diáconos permanentes en 2012, además de 413.418 sacerdotes y 5.132 obispos.