La Federación Asturiana de Concejos (FACC) recomienda a los 78 ayuntamientos asturianos que en los contratos por obra y servicio que suscriban para desarrollar programas de empleo especifiquen "con todo grado de detalle" las tareas que va a desarrollar cada trabajador, y que incluyan cláusulas en las que figure, entre otras salvedades, que se acogen a planes del Servicio Público de Empleo y que no han participado en el diseño de dichas políticas.

Además, se sugiere que la Corporación negocie y suscriba con los sindicatos municipales un plan global de actuación en el que se especifiquen las necesidades eventuales y las actuaciones a desarrollar. De esta manera, los consistorios eluden responsabilidades en el caso de que los beneficiarios demanden judicialmente para tratar de entrar en la plantilla municipal o cobrar una indemnización al acabar el periodo de contratación.

La organización supramunicipal envió ayer al mediodía a los ayuntamientos un documento con un análisis de los diferentes tipos de contratos temporales que se pueden suscribir en España, indicando el que mejor se ajusta para aplicar en los planes locales de empleo o en el nuevo programa "Actívate".

El problema con los planes locales de empleo municipales surge con la desaparición del contrato de inserción en 2006, que se sustituyó por el temporal de obra y servicio. Pero con éste, decenas de beneficiarios de planes de empleo denunciaron al finalizar el periodo de contratación alegando que habían realizado tareas de personal de estructura de los ayuntamientos. Los jueces fallaron a favor y pasaron a ser indefinidos no fijos. Los ayuntamientos, al no poder aumentar sus plantillas, se vieron obligados a despedirlos, por lo que tuvieron que abonar indemnizaciones que llegaron a alcanzar hasta 4.000 euros por trabajador.

La Federación de Concejos recomienda que en el plan global de actuación que pacten la Corporación y los sindicatos municipales -y que se debe de comunicar al Servicio Público de Empleo- figure una "descripción individualizada de cada puesto de trabajo". Además, "bajo ningún concepto" los beneficiarios del plan de empleo podrán desarrollar una labor no especificada en su contrato, ni siquiera con carácter excepcional.

Por último, en el contrato se debe indicar que pertenece a un plan global financiado por el Principado, y añadir varias cláusulas, entre las que se incluirá que es el Servicio Público de Empleo el que ha establecido la modalidad contractual sin participación del Ayuntamiento, que la duración del contrato está condicionada a la subvención del Principado -si hay modificaciones se da entonces por rescindido con carácter inmediato- , aunque como máximo será de un año de duración.