La operadora de telefonía Orange ha sido condenada a indemnizar con 3.000 euros más los intereses al magistrado asturiano Miguel Álvarez de Linera Prado, titular de uno de los juzgados de lo Mercantil de Oviedo, por daño moral al haberlo incluido indebidamente en dos listas de morosos. La compañía fue condenada también al pago de las costas del proceso.

El fallo, dictado por el juzgado de primera instancia número 6 de Oviedo, declara que "la entidad demandada ha cometido una intromisión ilegítima en el derecho al honor" del cliente al haber mantenido "sus datos registrados en los ficheros de morosos Asnef y Badexcug por una deuda inexistente".

El fallo, en el que se estima la demanda en su totalidad, considera que la cuantía de la indemnización impuesta (que es coincidente con la solicitada por el demandante y su defensa) es un importe "más que ajustado" e incluso "corto" atendiendo a la jurisprudencia existente, el daño moral causado, "los inconvenientes que ha tenido que soportar" y "los apercibimientos coactivos" que recibió el usuario para que pagase unas deudas que no había contraído.

El abogado Jorge Álvarez de Linera, que defendió al cliente, indicó que la sentencia pone de manifiesto que "la inclusión indebida en registros de morosos es indemnizable, aunque la inclusión sea por un escaso periodo de tiempo". Se trata de supuestos en los que existe aún escasa litigiosidad porque muchos afectados, afirmó el letrado, "suelen optar por ceder a la presión que ejerce la empresa y terminan pagando cantidades que no deben".

La compañía Orange, tras constatar el error, excluyó a su cliente de los archivos de morosos el pasado 16 de marzo.