El Ayuntamiento de Avilés ha recibido un inesperado revés judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dado ahora la razón a un trabajador municipal que denunció una intoxicación por cloro en la piscina de La Magdalena -tiene una jubilación anticipada- y obliga a la Fundación Municipal de Deportes (FDM) a abonar un recargo de prestaciones sobre la pensión de incapacidad permanente en su grado mínimo (30 por ciento), que asciende a más de 100.000 euros, según pudo saber este periódico.

La sala de lo Social del TSJA estima el recurso de suplicación de L. J. G. J. contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Avilés, que fue favorable a la FDM, y la revoca. La presidenta de la Fundación, Ana Hevia, aseguró ayer que acatan la decisión judicial «como no podría ser de otra manera, aunque no la compartimos». «Tanto la Seguridad Social -al desestimar la petición del trabajador-, como el inspector de Trabajo -que dictaminó que no hubo infracción de las medidas de seguridad-, el inspector de Sanidad -que afirmó que una intoxicación era inviable técnicamente en la piscina de La Magdalena-, y el juez de lo Social de Avilés, que desestimó la demanda en primera instancia, entendieron que la Fundación actuó correctamente», explicó la edil socialista y responsable del área de Deportes.

Según explicó el Ayuntamiento a través de una nota, la sentencia del TSJA afirma que según el concepto de «deuda de seguridad» del empresario con el trabajador, derivado de la relación laboral, «la empresa ha de tener una diligencia incluso más allá de las normas reglamentarias y acreditar que ha agotado toda la diligencia exigible».

En el escrito, el magistrado determina que la medición aérea era obligatoria al ser el cloro un sensibilizante, aunque el documento también recoge que hay opiniones distintas, como la del inspector de Trabajo y la del juez de primera instancia y la del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. No obstante, el juez estima que aunque la medición no fuese obligatoria debería ser conveniente: «Sólo se hicieron de este tipo esporádicamente antes del accidente y las posteriores no las considera (el juez) extrapolables al día que sucedieron los hechos, pese a que se hicieron en las peores condiciones posible, como se recoge en los informes técnicos. Así, estaba la máquina parada, en la jornada de la tarde, cuando más usuarios hay en las piscinas, y a nivel de lámina de agua, donde se produce el mayor grado de evaporación, y pese a ello, no se excedieron los niveles legales de concentración de cloro en el aire», explica el gobierno.

El Ayuntamiento puede enfrentarse a otra sentencia en los mismos términos si finalmente el segundo trabajador afectado por el cloro decide recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

El caso se remonta a 2008, cuando según denunció la Corriente Sindical de Izquierdas (CSI), se produjo en la piscina municipal de La Magdalena una intoxicación por cloro de todos los monitores que en ese momento estaban trabajando, así como de otros empleados y usuarios. El resultado fueron dos monitores de una plantilla de cinco con lesiones irreversibles, que trajeron como consecuencia su incapacidad total para el desempeño de su trabajo. La CSI denunció nuevos escapes en 2009 y en 2011.