Manuel NOVAL MORO

Pola de Siero,

La nueva ordenanza municipal que aprobó ayer la Corporación municipal de Siero para la regulación de la instalación de terrazas prohibe que los camareros arrastren las sillas y mesas para montar y desmontar las terrazas exteriores. El Ayuntamiento quiere evitar los ruidos y por eso ha aplicado esta nueva medida, que se tendrá que cumplir en la zona urbana de las principales localidades del concejo: Pola de Siero, Lugones, El Berrón, La Fresneda, Colloto y Lieres.

En las terrazas tampoco estarán permitidos equipos de música, megafonía, amplificadores u otras fuentes de sonido y se prohiben expresamente las actuaciones musicales y las conductas que puedan perturbar la tranquilidad de los vecinos. Lo que sí se permitirá por primera vez es que las terrazas que se instalan en verano sean cubiertas.

Esta nueva normativa municipal ofrece la posibilidad a los hosteleros de habilitar terrazas con elementos de construcción ligera, cubiertas a dos o cuatro aguas y fácilmente desmontables, que se harán de acuerdo con los modelos que resulten elegidos en un concurso que el Ayuntamiento prevé convocar.

Los requisitos para estas terrazas son que no estén adosadas a las fachadas y que garanticen un paso mínimo de dos metros. Además, habrán de cumplir con la normativa de accesibilidad y en su interior debe figurar, en lugar visible, su aforo. Otra de las novedades de la normativa es la regulación de los períodos de concesión de las terrazas. Para las cubiertas se establece el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre.

Para el resto, hay tres opciones, que los titulares podrán elegir libremente: concesión anual, del 1 de enero al 31 de diciembre; concesión temporal, del 1 de junio hasta el 30 de septiembre, y concesión excepcional, fuera del período de concesión temporal, por plazos mínimos de siete días.

En todo caso, el horario de las terrazas será hasta las doce de la noche los días laborables, domingos y festivos, y hasta las dos de la madrugada los viernes, sábados y vísperas de festivos. La normativa permite, además, instalar mamparas o jardineras cortavientos, en las terrazas, y regula el uso de toldos y sombrillas. Estas últimas no podrán exceder en envergadura de la dimensión de cada mesa con sus sillas, y la altura será siempre superior a 2,50 metros, sin sobrepasar en ningún caso la planta baja del local al que sirven. En cuanto a los toldos, será obligatorio un color que no desentone con el resto del mobiliario, y la dimensión máxima de la publicidad que lleven será de 100 por 25 centímetros.

El texto recoge varias categorías de suelo, que tendrán restricciones distintas para las terrazas. La más significativa es la del casco antiguo de Pola de Siero, que está sujeta a las limitaciones singulares impuestas por el plan especial de protección. Entre las condiciones especiales del área del casco antiguo está la colocación de las mesas adosadas a la fachada dejando un espacio de 1,20 metros. No se concederá licencia en caso de que el ancho de la acera no permita garantizar este paso mínimo.

Por otra parte, y atendiendo a criterios estéticos, establece que las mesas y sillas habrán de ser preferentemente de madera tratada en su color natural, o de otros materiales como metales, bambú, mimbre o PVC que imiten a la madera.

Y quizá la limitación más singular del casco antiguo está en la publicidad. Está prohibida en las mesas, sillas y elementos complementarios, con la única excepción de la identificación del establecimiento al que sirven, y que en ningún caso excederá de las dimensiones de 8 por 4 centímetros. En cuanto a las sombrillas, la norma obliga a que sean de lona, de color blanco, crema o crudo, con estructura de madera o aluminio lacado imitando madera en su color natural, y tampoco podrán llevar publicidad.